Resolución Nº 0205-2015/CEB-INDECOPI

Descripción del Articulo

se declara barrera burocrática ilegal el desconocimiento de la aprobación automática que operó respecto de la solicitud de Torres Unidas del Perú S.R.L. para instalar infraestructura necesaria para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones del 11 de agosto de 2014; materializado en l...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, INDECOPI. Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas
Fecha de Publicación:2015
Institución:Instituto Nacional de Defensa de La Competencia y de La Protección de La Propiedad Intelectual
Repositorio:INDECOPI-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.indecopi.gob.pe:11724/4623
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/11724/4623
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Barreras burocráticas
Municipalidades
Municipalidad Distrital de Cieneguilla
Jurisprudencia
Descripción
Sumario:se declara barrera burocrática ilegal el desconocimiento de la aprobación automática que operó respecto de la solicitud de Torres Unidas del Perú S.R.L. para instalar infraestructura necesaria para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones del 11 de agosto de 2014; materializado en la Carta N° 198-2014-GDUR-MDC. La ilegalidad radica en que la Municipalidad Distrital de Cieneguilla no formuló observaciones a la mencionada solicitud sobre un supuesto incumplimiento de los requisitos o documentación contenida en su TUPA de corresponder al momento de su presentación, de acuerdo al procedimiento de aprobación automática previsto en el artículo 31° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, concordado con el numeral 125.1) de su artículo 125° y con el artículo 5° de la Ley N° 29022, Ley para el Fortalecimiento de la Expansión de Infraestructura de Telecomunicaciones.
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