Modificación del precedente de observancia obligatoria establecido mediante la Resolución Nº 1183-2015/TPI-INDECOPI, referido a la aplicación del tercer párrafo del artículo 165 de la Decisión 486
Descripción del Articulo
Cancelación parcial de marca de producto – Modificación de Precedente de Observancia Obligatoria: Criterio para la aplicación del tercer párrafo del artículo 165 de la Decisión 486.
| Autores: | , |
|---|---|
| Fecha de Publicación: | 2016 |
| Institución: | Instituto Nacional de Defensa de La Competencia y de La Protección de La Propiedad Intelectual |
| Repositorio: | INDECOPI-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.indecopi.gob.pe:11724/5451 |
| Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/11724/5451 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Cancelación Marca de producto Precedente de Observancia Obligatoria Decisión 486 |
| Sumario: | Cancelación parcial de marca de producto – Modificación de Precedente de Observancia Obligatoria: Criterio para la aplicación del tercer párrafo del artículo 165 de la Decisión 486. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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