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En este número de la revista se publicó las siguientes noticias extranjeras de carácter social: - Organismos Internacionales Informa sobre los siguientes eventos y actividades: 1. Ratificación de Convenios Internacionales de la Oficina Internacional del Trabajo Se ratificaron Convenios Internacional...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Caja Nacional de Seguro Social
Formato: artículo
Fecha de Publicación:1961
Institución:Seguro Social de Salud
Repositorio:ESSALUD-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.essalud.gob.pe:20.500.12959/1623
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12959/1623
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Legislación extranjera
Salud pública
Seguridad social
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#3.03.02
Descripción
Sumario:En este número de la revista se publicó las siguientes noticias extranjeras de carácter social: - Organismos Internacionales Informa sobre los siguientes eventos y actividades: 1. Ratificación de Convenios Internacionales de la Oficina Internacional del Trabajo Se ratificaron Convenios Internacionales de Trabajo, en las fechas que se indican, en los siguientes países: Bélgica Bulgaria Federación de Nigeria Filipinas Ghana Guatemal Guinea, Islandia Niger Pakistán Perú Portugal República Centroafricana República de Costa de Marfil República del Alto Volta República del Congo Repúblicas del Chad, del Dahomey, Malgache y de Malí Suecia Turquía Yugoslavia 2. 147ª. Reunión del Consejo de Administración de la Organización Internacional del Trabajo Informa sobre la Reunión celebrada en Ginebra, del 15 al 18 de noviembre de 1960, con asistencia ·de los delegados gubernamentales, empleadores y trabajadores, suplentes y observadores de los Estados miembros y de organismos internacionales. 3. Programa de la XIV Asamblea General de la Asociación Internacional de la Seguridad Social Informa el programa a desarrollarse en la Asamblea, los días 23, 26, 27, 28, 29 y 30 de setiembre de 1961. - Cuba: Reorganización de la Administración de la Seguridad Social La Ley N° 907, del 31 de diciembre .de 1960, dispuso una reorganización integral del Ministerio de Trabajo, en el ámbito·de la seguridad social, creando una Dirección para el sistema, que debía administrar y poner en marcha los sistemas de seguridad social obligatorios, bajo la inmediata supervigilancia del Ministerio. Como consecuencia de esta ley, todos los servicios que estaban a cargo del Banco de Seguros Sociales de Cuba y del seguro de enfermedad y maternidad, serían transferidos al Ministerio de Trabajo, salvo en lo que concierne a las prestaciones médicas y hospitalarias, que corresponderían al Ministerio de Salud Pública.
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