Legislación

Descripción del Articulo

Reproduce el texto completo de las siguientes normas legales: - Decreto Supremo N°009, del 26 de mayo de 1962: Reglamento de la indemnización a los obreros por tiempo de servicios Como era necesario reglamentar las Leyes N°s.13790 y 13842, se decretó la presente norma con las disposiciones sobre la...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Caja Nacional de Seguro Social
Formato: artículo
Fecha de Publicación:1962
Institución:Seguro Social de Salud
Repositorio:ESSALUD-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.essalud.gob.pe:20.500.12959/1648
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12959/1648
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Seguridad social
Legislación
Perú
Salud pública
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#3.03.02
Descripción
Sumario:Reproduce el texto completo de las siguientes normas legales: - Decreto Supremo N°009, del 26 de mayo de 1962: Reglamento de la indemnización a los obreros por tiempo de servicios Como era necesario reglamentar las Leyes N°s.13790 y 13842, se decretó la presente norma con las disposiciones sobre la indemnización por tiempo de servicios de los obreros a partir del 12 de enero de 1962. La norma indicó que los obreros percibieran 30 jornales como compensación por cada año de servicios. Para el cómputo de las compensaciones indemnizatorias, se consideró, además de la ración alimenticia que el principal proporcionaba a sus servidores, cualquier otra cantidad que percibiere en forma fija y permanente y que por pacto o convenio las partes hubieran acordado fuere incluida para tal efecto. Dispuso que no estaban comprendidos en la presente reglamentación los trabajadores sujetos a regímenes especiales que contemplen beneficios superiores a los que establecían las Leyes N°s.13790 y 13842, en cuyo caso continuarían disfrutando los beneficios mayores. - Resolución Suprema N°080, del 26 de mayo de 1962: El salario dominical comprende el importe de las bonificaciones Siendo necesario garantizar el adecuado incremento del salario dominical de los trabajadores que laboraban dentro de la jornada legal o contractual de trabajo y que percibían bonificación por turno, se dispuso que el salario dominical comprendiera, a partir de la fecha de esta Resolución, el importe de las bonificaciones que percibieran los trabajadores que laboraban por turno dentro de la jornada legal o contractual de trabajo. - Decreto Supremo del 5 de junio de 1962: Dispone que se haga por concurso la provisión de vacantes en los servicios médicos y sanitarios Dispuso que la provisión de cargos vacantes en los servicios médicos y/o sanitarios del Estado, de las Municipalidades, Sociedades Públicas de Beneficencia y de los Seguros Sociales e instituciones fiscalizadas en general, se hiciera por concurso de méritos y de conocimientos y con arreglo a las normas generales que se indican en este Decreto. Señala que las bases y demás condiciones relativas a los concursos debían ser formuladas por los organismos e instituciones de los que depende el cargo que se concurse. Entre las bases, y cuando se trate de cargos que deben ser ejercidos por especialistas en determinadas materias, la calidad de especialistas se acreditará con diploma o certificado expedido por las Facultades Universitarias o por la entidad científica correspondiente, o por el Jefe de un servicio de la especialidad acreditado. Asimismo, dispone que en los concursos de promoción deben tener preferencia los profesionales de la misma repartición aptos para el ascenso. - Resolución Ministerial N°DC-709, del 4 de abril de 1962: Fija en mil el número de estibadores en el Callao En atención al informe de la Comisión Controladora del Trabajo Marítimo, que señaló que era conveniente completar las vacantes existentes en el Gremio de Estibadores del Callao dado el movimiento portuario.
Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).