Ley N° 31801: Ley que regula las organizaciones de usuarios de agua para el fortalecimiento de su participación en la gestión multisectorial de los recursos hídricos y su reglamento (publicado el 24.06.2023)

Descripción del Articulo

Se considera usuario de agua a toda persona natural o jurídica que posea un derecho de uso de agua otorgado por la Autoridad Nacional del Agua (ANA). Se incluye a los titulares de certificados nominativos que se deriven de una licencia de uso de agua en bloque. Son obligaciones de los usuarios de ag...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Autoridad Nacional del Agua
Formato: libro
Fecha de Publicación:2024
Institución:Autoridad Nacional del Agua
Repositorio:ANA-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ana.gob.pe:20.500.12543/5689
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12543/5689
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Organizaciones de usuarios de agua
Ley de Recursos Hídricos
Derecho al agua
Autoridad Nacional del Agua
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#1.05.11
Descripción
Sumario:Se considera usuario de agua a toda persona natural o jurídica que posea un derecho de uso de agua otorgado por la Autoridad Nacional del Agua (ANA). Se incluye a los titulares de certificados nominativos que se deriven de una licencia de uso de agua en bloque. Son obligaciones de los usuarios de agua las siguientes: a) Cumplir las disposiciones establecidas en la Ley 29338, Ley de Recursos Hídricos, la presente Ley y las normas, disposiciones y procedimientos legales, reglamentarios y administrativos vigentes y aplicables, así como las disposiciones que expida la Autoridad Nacional del Agua (ANA), en el marco de sus competencias, funciones y atribuciones. b) Usar el agua en forma eficiente para el objeto y lugar que les fueran otorgados sin afectar derechos de terceros, bajo responsabilidad, sanción administrativa y denuncia ante los órganos pertinentes. c) Contribuir a la operación, mantenimiento y desarrollo de la infraestructura hidráulica y la conservación de las fuentes naturales ubicadas en la cuenca hidrográfica sin afectar derechos de terceros, incluyendo aquellos establecidos en contratos de asociaciones público-privadas. d) Cumplir con el sostenimiento de las organizaciones a las que pertenecen a través del pago oportuno de la tarifa del agua y las retribuciones económicas establecidas por la Autoridad Nacional del Agua (ANA). e) Cumplir con los acuerdos adoptados en la Asamblea General de la organización de usuarios de agua, destinados al cumplimiento de los objetivos y metas institucionales. f) Integrar y participar, activa y obligatoriamente, en la gestión de las organizaciones de usuarios de agua que les correspondan, conforme a lo dispuesto en la presente Ley, su Reglamento y Estatuto. g) Las demás que se establezcan en el reglamento de la presente Ley y el estatuto de la organización.
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