1
tesis de grado
Publicado 2019
Enlace
Enlace
La figura jurídica del Tráfico Ilícito de Drogas según la normativa penal peruana se configura cuando “el que promueve, favorece o facilita el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, mediante actos de fabricación o tráfico o las posea” e impone una sanción de “ocho ni mayor de quince años y con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco díasmulta e inhabilitación”; y esto es por ser un delito que atenta contra el bien jurídico de la salud pública, poniendo en riesgo en muchas veces la salud no solo propia sino también ajena. En el proceso del delito de Tráfico Ilícito de Drogas, el sujeto activo puede ser cualquier persona; mientras que el sujeto pasivo viene hacer la sociedad en su conjunto, es decir todos los individuos que la conforman. En dicho proceso se determinará si la persona es poseedor, fabricador o comercializa...
2
tesis de grado
Publicado 2019
Enlace
Enlace
Savigny consideró que la posesión es un hecho, ya que se basa en circunstancias puramente materiales, aunque su carácter productor de consecuencias jurídicas le hace ser un hecho jurídico; en cambio, Ihering sostuvo que la posesión era un derecho, partiendo de la idea de que éste es un interés jurídicamente protegido. No obstante, consideramos erróneo tipificar la posesión como un derecho y no como lo que es en realidad, un hecho con importantes consecuencias jurídicas; es decir la posesión se otorga exclusivamente a favor de la persona que se halla en relación de hecho con el bien, siendo irrelevante si su titularidad jurídica está o no inscrita. En nuestra legislación establece que todo poseedor, cuando haya sido perturbado de su posesión (entiéndase limitado, modificado o perturbado, o bien se puede entender como la existencia de molestia en la actividad de goce del...