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tesis de grado
El levantamiento del velo societario y la incorporación de partes no signatarias en el arbitraje son dos de los temas jurídicos cuya aplicación resulta más compleja en la práctica. Ello debido a que estos colisionan con muchas instituciones legales básicas tales como la relatividad de los contratos y la personalidad jurídica. Sin embargo, el Expediente que es objeto del presente Informe concentra ambos temas en la misma fotografía, pues recoge el caso de un tribunal arbitral que aplicó el levantamiento del velo societario para justificar la incorporación de empresas no signatarias a un arbitraje. La complejidad del Expediente se ve agudizada por el hecho de que el laudo fue posteriormente discutido en sede judicial mediante la presentación de recursos de anulación de laudo. En ese sentido, la investigación detrás de este Informe tuvo por finalidad analizar la aplicación pr...
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tesis de grado
El levantamiento del velo societario y la incorporación de partes no signatarias en el arbitraje son dos de los temas jurídicos cuya aplicación resulta más compleja en la práctica. Ello debido a que estos colisionan con muchas instituciones legales básicas tales como la relatividad de los contratos y la personalidad jurídica. Sin embargo, el Expediente que es objeto del presente Informe concentra ambos temas en la misma fotografía, pues recoge el caso de un tribunal arbitral que aplicó el levantamiento del velo societario para justificar la incorporación de empresas no signatarias a un arbitraje. La complejidad del Expediente se ve agudizada por el hecho de que el laudo fue posteriormente discutido en sede judicial mediante la presentación de recursos de anulación de laudo. En ese sentido, la investigación detrás de este Informe tuvo por finalidad analizar la aplicación pr...
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artículo
Si bien el arbitraje es un mecanismo de solución de controversias que reposa en el consentimiento, hay quienes afirman que, en ciertas circunstancias, laincorporación de una parte no signataria se explica por consideraciones de buena fe o equidad, y no propiamente por el consentimiento. Este artículo busca dilucidar si dichas teorías “no consensuales” realmente merecen una categoría independiente a la luz del derecho peruano.