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La Iglesia Católica es el mayor poseedor y propietario de bienes culturales integrantes del patrimonio cultural de la nación. Ello implica un gran reto y responsabilidad puesto que la ley peruana impone diversas obligaciones a la posesión y al uso de dichos bienes, así como severas sanciones. lQué entiende la ley peruana por patrimonio cultural de la nación? Cómo se formula su protección y cuáles son sus consecuencias prácticas? A continuación nos acercaremos al patrimonio cultural de la nación, y en especial al patrimonio religioso, desde la óptica de la ciencia del Derecho; aprovechando la reciente aprobación de la nueva Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, Ley Nº 28296.  
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La Iglesia Católica es el mayor poseedor y propietario de bienes culturales integrantes del patrimonio cultural de la nación. Ello implica un gran reto y responsabilidad puesto que la ley peruana impone diversas obligaciones a la posesión y al uso de dichos bienes, así como severas sanciones. lQué entiende la ley peruana por patrimonio cultural de la nación? Cómo se formula su protección y cuáles son sus consecuencias prácticas? A continuación nos acercaremos al patrimonio cultural de la nación, y en especial al patrimonio religioso, desde la óptica de la ciencia del Derecho; aprovechando la reciente aprobación de la nueva Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, Ley Nº 28296.  
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El sábado 13 de noviembre de 1999 se firmó en Lima el Acta de Ejecución del Tratado de 1929 con Chile. Con esta firma por fin concluyeron, ciento veinte años después, las consecuencias de la Guerra del Pacífico. En la víspera de la firma pudimos conversar con el Canciller peruano, doctor Fernando de Trazegnies Granda, sobre el contenido y la relevancia de dicho tratado internacional. Asimismo, áprovechamos para consultarle sobre nuestras relaciones con Ecuador y la integración regional y continental.
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El sábado 13 de noviembre de 1999 se firmó en Lima el Acta de Ejecución del Tratado de 1929 con Chile. Con esta firma por fin concluyeron, ciento veinte años después, las consecuencias de la Guerra del Pacífico. En la víspera de la firma pudimos conversar con el Canciller peruano, doctor Fernando de Trazegnies Granda, sobre el contenido y la relevancia de dicho tratado internacional. Asimismo, áprovechamos para consultarle sobre nuestras relaciones con Ecuador y la integración regional y continental.
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El sábado 13 de noviembre de 1999 se firmó en Lima el Acta de Ejecución del Tratado de 1929 con Chile. Con esta firma por fin concluyeron, ciento veinte años después, las consecuencias de la Guerra del Pacífico. En la víspera de la firma pudimos conversar con el Canciller peruano, doctor Fernando de Trazegnies Granda, sobre el contenido y la relevancia de dicho tratado internacional. Asimismo, áprovechamos para consultarle sobre nuestras relaciones con Ecuador y la integración regional y continental.
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La Iglesia Católica es el mayor poseedor y propietario de bienes culturales integrantes del patrimonio cultural de la nación. Ello implica un gran reto y responsabilidad puesto que la ley peruana impone diversas obligaciones a la posesión y al uso de dichos bienes, así como severas sanciones. lQué entiende la ley peruana por patrimonio cultural de la nación? Cómo se formula su protección y cuáles son sus consecuencias prácticas? A continuación nos acercaremos al patrimonio cultural de la nación, y en especial al patrimonio religioso, desde la óptica de la ciencia del Derecho; aprovechando la reciente aprobación de la nueva Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, Ley Nº 28296.