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                 tesis de grado
            
         
                                                                           Publicado 2022                                                                                    
                        
                           
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                  Tal como señala el artículo 92, se considera como alimento lo necesario para el sustento, habitación, vestido, educación, instrucción y capacitación para el trabajo, asistencia médica, y recreación del niño y del adolescente, siendo característica de este derecho – deber alimentario el ser inherente a la persona y el ser variable, imprescriptible y reciproco. El código 93 en el Código de los Niños y Adolescentes establece que es obligación de los padres de presentar alimentos a sus hijos. En conclusión, a pesar de haber vivido una época sui generis que es la PANDEMIA, el derecho de alimentos es un derecho fundamental de atención prioritaria se encuentra muy ligado a la subsistencia y el desarrollo de la persona, por eso goza de protección. Se debe tener presente que en la adopción de medidas concernientes al niño y al adolescente, es de obligatoria observancia, por ...