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1
capítulo de libro
El estudio que sigue a continuación pretende ofrecer nuevos argumentos para poder trabajar desde esa perspectiva: la de conseguir que el trabajo sea "medio de desarrollo de la persona", no solo en la letra de la Constitución del Perú1, sino en la realidad social de nuestro país.
2
artículo
La autora del presente informe desarrolla significativas consideraciones sobre la política del Estado referidas a la igualdad de género y no discriminación, acudiendo en determinados acápites a citas del Tribunal Constitucional para apoyar su postura. Asimismo, realiza un magnífico estudio histórico del movimiento feminista que ha contribuido a reconocer el valioso papel de la mujer en la vida social y, especialmente, en la actividad laboral.
3
artículo
En este artículo se hace un breve análisis de los alcances que tiene la ideología del género y las actuales políticas gubernamentales para lograr una efectiva promoción del empleo femenino, respetuosa de las potencialidades de la mujer, del derecho-deber de trabajar y de la corresponsabilidad que comparte con el varón en la vida familiar.
4
artículo
El artículo nos presenta los logros que se consiguieron el el milenio anterior respecto de la valorización del trabajo. Así mismo, se proyecta hacia el Tercer Milenio y desarrolla todos los aspectos socio-políticos que influyen en este.
5
artículo
Los padres deben gozar de un permiso por paternidad sin importar su estado civil, debido a que la obligación que tienen los padres de atender a sus hijos no se agota luego del nacimiento del mismo. Aunque el Convenio 156 ha comprometido al Estado peruano a modificar el papel tradicional del hombre y de la mujer en la sociedad y la familia, han pasada más de 15 años sin que se hayan cumplido estos pronunciamientos. En este artículo se destaca la importancia de un permiso de este tipo en el Perú en la actualidad, ya que ayudaría a conciliar los deberes familiares con los profesionales.
6
artículo
En reciente sentencia, el Tribunal Constitucional ha confirmado que el secreto bancario y la reserva tributaria constituyen manifestaciones del derecho a la intimidad porque preservan “un aspecto de la vida privada”. Así lo ha indicado el Tribunal, al señalar que la protección del secreto bancario y de la reserva tributaria forman parte del derecho a la intimidad de las personas jurídicas. La autora discrepa con esto último, precisando que en el caso de las empresas es más apropiado referirse al derecho a la privacidad. Se exponen las razones para dicha conclusión.
7
objeto de conferencia
Decimos que los regímenes especiales laborales son compatibles con el orden constitucional si es que respetan los Derechos Fundamentales reconocidos, he ahí el mínimo indispensable para su vigencia. Sin embargo, al reconocer la LPCL la existencia de regímenes laborales con autonomía legislativos y otros de índole especial, se observa que actualmente muchos de estos se muestran contrarios al orden constitucional. He ahí que, en función del principio de seguridad jurídica, el Estado regule estos regímenes laborales especiales en atención al desarrollo social y evitar la instrumentalización de la dignidad humana en favor de la generación de riquezas.
8
artículo
El artículo realiza un análisis acerca del control de los medios informáticos por parte del empleador y lo que dice el Tribunal Constitucional al respecto. Para esto, se analiza previamente el contenido del derecho a la intimidad y al secreto de las comunicaciones en el ámbito laboral, así como la repercusión que tiene la titularidad de los medios informáticos en la facultad de fiscalización del empleador.
9
artículo
El objetivo de la investigación es analizar los alcances de la Ley Nº 30012 que regula el Derecho del trabajador de ausentarse del trabajo para atender a un familiar directo. Para esto, se revisa todos los conceptos. plazos, requisitos y procedimientos.
10
artículo
El artículo versa sobre los sistemas de trabajo y su impacto en el desarrollo humano en una sociedad globalizada y tecnificada.
11
artículo
El presente artículo analiza la Sentencia final del Expediente 01253-2011-PA/TC, en miras de determinar si, el juez ejecutor puede negarse a ejecutar una Resolución Constitucional, en vista de la consideración de que le falten requisitos.
12
artículo
La autora analiza los elementos esenciales del contrato de trabajo contenidos en la Ley de Productividad y Competitividad Laboral y su tratamiento por la jurisprudencia nacional y en el derecho comparado con el fin de identificar las relaciones personales de servicios que corresponden al contrato de trabajo y otorgarles la tutela social que les corresponde.
13
capítulo de libro
El artículo aborda el respeto de la dignidad humana, partiendo desde la definición histórico-filosófico, continuando por un enfoque jurídico, finalizando la aplicación de este concepto en el ámbito laboral.
14
artículo
El Derecho del Trabajo surgió para combatir la concepción errónea que se tuvo del trabajo como una simple fuerza económica. El trabajo no solo se reduce a esto, ya que es una fuerza cultural por la que el ser humano es capaz de trascender y descubrir el sentido de la propia vida. Por otro lado, la relación jurídico-laboral es de triple dimensión: personal, económica y normativa. Así, el trabajador alcanza un estatuto blindado que emerge con el contrato de trabajo. El contrato de trabajo debe dejar de ser visto como una relación patrimonial simple. Esta concepción se debe profundizar, ya que será de utilidad para relacionar leyes con el respeto a la dignidad humana del trabajador.
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objeto de conferencia
El gobierno de personas en las organizaciones está orientado al fortalecimiento de las relaciones personales, motivando al personal a participar en una cultura de empresa y a adherirse a los objetivos de la misma. Sin embargo, esto no se puede lograr si la empresa abusa de su posición de dominio y no tiene en cuenta los objetivos de sus trabajadores. Así, la intermediación laboral y la tercerización pueden ser usadas fraudulentamente, constituyendo una afrenta a la dignidad humana y perjudicando, de esta forma, al trabajador. Por esto, se debe cambiar la forma en la que se concibe el contrato de trabajo, exigiendo, de esta manera, que la actividad empresarial se fundamente en el deber de buena fe y que la conexión de negocios entre el empresario y el trabajador tenga un fin común: la empresa.
16
artículo
El estudio plantea la relación entre dignidad humana, autonomía de la voluntad y el derecho a la vida, para luego aplicar esos criterios a la calidad de vida. Posteriormente analiza, en base a la legislación vigente y a pronunciamientos del Tribunal Constitucional peruano y del español, así como del Tribunal de Estrasburgo, la inexistencia de un “derecho a la muerte” y la no existencia de un “deber de matar”, así como la responsabilidad de los médicos en los casos de suicidio-asistido.
17
capítulo de libro
En el presente artículo se describe los procedimientos legales de parte del Tribunal Constitucional para la protección del Derecho del trabajo y la legislación que corresponde.
18
artículo
El presente artículo analiza la naturaleza jurídica de un despido privado de eficacia jurídica, sea en sede constitucional o legal, así como las consecuencias que se siguen en relación a los salarios caídos o remuneraciones devengadas, que son reconocidos por el derecho comparado, pero negados por la Corte Suprema en sus últimas sentencias.
19
capítulo de libro
Publicado por
Pacheco Zerga, Luz
Publicado 2013 Enlace
Define el trabajo como un medio del trabajador para alcanzar su propio proyecto personal
20
capítulo de libro
La responsabilidad de los médicos en los casos de suicidio asistido. Para clarificar esta cuestión debemos analizar cuatro cuestiones: en qué medida la dignidad humana fundamenta el derecho a la vida; qué se entiende por dignidad ontológica y moral; cuál es su relación con la calidad de vida y si existe o no un “derecho a la muerte”.