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artículo
Publicado 1999
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Se estudió el efecto de dosis de gonadotropinas sobre la superovulación en alpacas, también la colección de embriones a diferentes periodos post monta natural. El estudio se realizó en la estación de investigaciones de Maranganí-La Raya, del IVITA (Instituto Veterinario de Investigaciones Tropicales y de Altura), ubicado en Cuzco, a 4200 msnm, 71º latitud sur y 71º longitud oeste; se usaron hembras adultas (3 a 6 años de edad) de la raza Huacaya, que estaban en celo y que al examen ovárico por ultrasonografía, tenían folículos menores de 7 mm de diámetro. Los tratamientos fueron: Tl) n = 6; día 0: 750 ui, im de eCG; día 5: 750 ui, im de hCG, T2) n = 6; día 0: 500 ui, im de eCG; día 5: 750 ui, im de hCG y T3) n = 6; día 0: 750 ui, im de eCG; día 5: 1000 ui, im de hCG. En los tres casos las hormonas fueron inyectadas a las 7:00 horas y las hembras fueron servidas con m...
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Se estudió el efecto de dosis de gonadotropinas sobre la superovulación en alpacas, también la colección de embriones a diferentes periodos post monta natural. El estudio se realizó en la estación de investigaciones de Maranganí-La Raya, del IVITA (Instituto Veterinario de Investigaciones Tropicales y de Altura), ubicado en Cuzco, a 4200 msnm, 71º latitud sur y 71º longitud oeste; se usaron hembras adultas (3 a 6 años de edad) de la raza Huacaya, que estaban en celo y que al examen ovárico por ultrasonografía, tenían folículos menores de 7 mm de diámetro. Los tratamientos fueron: Tl) n = 6; día 0: 750 ui, im de eCG; día 5: 750 ui, im de hCG, T2) n = 6; día 0: 500 ui, im de eCG; día 5: 750 ui, im de hCG y T3) n = 6; día 0: 750 ui, im de eCG; día 5: 1000 ui, im de hCG. En los tres casos las hormonas fueron inyectadas a las 7:00 horas y las hembras fueron servidas con m...
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No presenta resumen
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Publicado 2008
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En las páginas que siguen, el profesor César García Novoa nos brinda su opinión acerca de las normas anti-elusivas, situándonos en el contexto de su tratamiento en la Unión Europea y España, para finalmente, aterrizar en el ordenamiento jurídico peruano y analizar la norma VIII del CódigoTributario.
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artículo
Publicado 2005
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En el presente artículo, el autor desarrolla los alcances de las potestades de calificación y recalificación de la Administración Tributaria española a fin de evaluar si esta última puede sancionar las prácticas referidas en el párrafo precedente. Para estos efectos, sobre la basede la legislación española, el autor considerael análisis de la real naturaleza de las operaciones realizadas, especificando qué elementos del negocio jurídico deben ser materia de evaluación.
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En las páginas que siguen, el profesor César García Novoa nos brinda su opinión acerca de las normas anti-elusivas, situándonos en el contexto de su tratamiento en la Unión Europea y España, para finalmente, aterrizar en el ordenamiento jurídico peruano y analizar la norma VIII del CódigoTributario.
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En el presente artículo, el autor desarrolla los alcances de las potestades de calificación y recalificación de la Administración Tributaria española a fin de evaluar si esta última puede sancionar las prácticas referidas en el párrafo precedente. Para estos efectos, sobre la basede la legislación española, el autor considerael análisis de la real naturaleza de las operaciones realizadas, especificando qué elementos del negocio jurídico deben ser materia de evaluación.
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En el presente artículo, el autor desarrolla los alcances de las potestades de calificación y recalificación de la Administración Tributaria española a fin de evaluar si esta última puede sancionar las prácticas referidas en el párrafo precedente. Para estos efectos, sobre la basede la legislación española, el autor considerael análisis de la real naturaleza de las operaciones realizadas, especificando qué elementos del negocio jurídico deben ser materia de evaluación.
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