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artículo
Publicado 1954
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En la edición número 1, correspondiente a enero-marzo de 1954, se publicó un artículo donde se expuso la estructura del Seguro Obligatorio en caso de enfermedad o de invalidez en Bélgica, lo mismo que la naturaleza de las diversas ventajas de las cuales se benefician los asegurados obligatorios, tanto en lo referente al cuidado de la salud, como en lo referente a las indemnizaciones por incapacidad del trabajo. Continuando con el tema, el presente artículo, tiene por finalidad analizar las condiciones que los asegurados obligatorios deben reunir para gozar de esas ventajas. Recuerda que están comprendidos en el régimen de Seguros Obligatorios, todos los trabajadores que tienen contrato de servicios, sólo quedaron excluidos del régimen obligatorio, los trabajadores domésticos, los empleados en empresa familiar y los aprendices. Todos los asegurados obligatorios cotizan al Segur...
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Publicado 1954
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Informa sobre el régimen belga de seguro obligatorio en los casos de enfermedad o de invalidez, su estructura y la naturaleza de las prestaciones acordadas por el seguro. La estructura del régimen, la forma de repartir los fondos destinados a cubrir los gastos propios de este sector, las condiciones en que son acordadas las diversas prestaciones y las que deben llenar los asegurados para recibirlas, están determinadas por el Decreto del Regente del 21 de marzo de 1945, que fue modificado varias veces, la última de ellas por el Decreto Real de 31 de diciembre de 1952. Además, ciertas disposiciones del Decreto del 21 de marzo de 1945 han sido precisadas por un Reglamento General. Mientras que la mayor parte de los regímenes de seguro obligatorio están administrados por un organismo central y único, la administración del seguro obligatorio belga en los casos de enfermedad o invalid...