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tesis de grado
Publicado 2022
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El derecho a la compensación bancaria se encuentra reconocido en el inciso 11 del artículo 132 de la Ley N.º 26702- Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, referido a la facultad de las entidades financieras de compensar entre las acreencias y activos del deudor que mantenga en su poder, siempre que no correspondan a aquellos activos legal o contractualmente declarados intangibles o excluidos de este derecho. Desde esta perspectiva, puede generarse cierta controversia con otro derecho, que hace referencia a la remuneración; toda vez que, conforme a una postura, la remuneración se encontraría incluida en los activos excluidos de este derecho, motivo por el cual las entidades financieras no podrían aplicar la compensación de forma irrestricta; por el contrario, existe otra posición que pondera el derecho de...