1
artículo
El presente artículo, con el que, busco demostrar, que las Rondas Campesinas de Cajamarca que se encuentran ubicadas a nivel de caseríos zonales, centros poblado, distritos y provincia; que cumplen funciones jurisdiccionales en sus territorios, así como, la labor de colaboradores en la solución de conflictos, realizando funciones para ello de conciliación extrajudicial conforme a la Constitución Política, con la finalidad de controlar al población y con ello buscar la paz comunal dentro de su ámbito territorial. Son un actor comunal con presencia y vida orgánica inmersos en la participación y colaboración con la administración de justicia.En tal sentido, el presente artículo se basa en la investigación del año 2013, DIRECTORIO SOCIAL: LAS RONDAS CAMPESINAS EN LA PROVINCIA DE CAJAMARCA “Un actor comunal en la participación y la colaboración con la administración de ju...
2
artículo
El presente artículo, con el que, busco demostrar, que las Rondas Campesinas de Cajamarca que se encuentran ubicadas a nivel de caseríos zonales, centros poblado, distritos y provincia; que cumplen funciones jurisdiccionales en sus territorios, así como, la labor de colaboradores en la solución de conflictos, realizando funciones para ello de conciliación extrajudicial conforme a la Constitución Política, con la finalidad de controlar al población y con ello buscar la paz comunal dentro de su ámbito territorial. Son un actor comunal con presencia y vida orgánica inmersos en la participación y colaboración con la administración de justicia.En tal sentido, el presente artículo se basa en la investigación del año 2013, DIRECTORIO SOCIAL: LAS RONDAS CAMPESINAS EN LA PROVINCIA DE CAJAMARCA “Un actor comunal en la participación y la colaboración con la administración de ju...
3
tesis de maestría
Publicado 2014
Enlace
Enlace
La investigación buscó dar respuesta a la pregunta: ¿Cuáles son las principales razones jurídicas constitucionales que deben fundamentar la obligatoriedad del peritaje antropológico en los procesos penales que involucren al artículo 15° del Código Penal, teniendo en cuenta la jurisprudencia cajamarquina entre los años 2007-2012? Para ello se puso a prueba la hipótesis que afirmaba que dichas razones eran: 1. Garantizar el derecho al debido proceso y a la tutela jurisdiccional, 2. Garantizar la protección de la identidad étnica, y 3. Garantizar la protección de la identidad cultural. Se pudo encontrar que en el Distrito Judicial de Cajamarca esas son las razones, ya que ellas dependen del peritaje antropológico, pues es de suma importancia, tanto para el fiscal como para el juez, contar con un documento técnico que sea capaz de proporcionarles datos sólidos sobre las cosa...