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tesis de grado
Publicado 2017
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RESUMEN El Art. 194 del Código Penal describe a la receptación como un delito que pretende proteger al patrimonio, indicando taxativamente las acciones materiales por las cuales se configurará que, en palabras sencillas, se trata de la adquisición de bienes provenientes de un delito anterior con el conocimiento o presunción de dicha procedencia delictiva. Esto da lugar a que se interprete como una vulneración del patrimonio que parte de un primer delito que lesionó por primera vez este bien jurídico, llamado delito previo; pero, además, existe el conocimiento o la presunción por parte del agente, de que el bien provenía de éste. Sin embargo, la norma deja de lado otras circunstancias por las que pudo lesionarse este bien jurídico, llamado patrimonio, en un primer momento. Es ahí que nos cuestionamos ¿qué hacer cuando los bienes adquiridos por los reducidores provienen de ...