Tratados de libre comercio, acogimiento posterior a beneficios arancelarios y la acreditación del uso de medios de pago (Decreto supremo 150-2007-EF)

Descripción del Articulo

El Perú, a la fecha, ha firmado más de veintidós acuerdos comerciales internacionales que ofrecen beneficios arancelarios para la importación de bienes. Según el Decreto Supremo 150-2007-EF, para solicitar la devolución de tributos pagados en exceso, los importadores deben -como condición para el tr...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Alva Falcón, Cesar Alfonso, Fajardo Chang, Aldo Romario
Formato: artículo
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad del Pacífico
Repositorio:UP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.up.edu.pe:11354/5187
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/11354/5187
https://doi.org/10.21678/forseti.v14i21.2657
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Libre comercio--Aspectos legales--Perú
Preferencias arancelarias--Perú
Regulación del comercio exterior--Perú
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El Perú, a la fecha, ha firmado más de veintidós acuerdos comerciales internacionales que ofrecen beneficios arancelarios para la importación de bienes. Según el Decreto Supremo 150-2007-EF, para solicitar la devolución de tributos pagados en exceso, los importadores deben -como condición para el trámitecumplir con evidenciar el pago a los proveedores extranjeros por la compra de los bienes, usando los sistemas bancarios y financieros, lo que está generado problemas, especialmente para empresas grandes y formales.
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