Tratamiento contable de la provisión por cierre de minas

Descripción del Articulo

La Ley del Impuesto a la Renta vigente y su Reglamento no mencionan ni reconocen a la Provisión por Cierre de Minas1 como gasto deducible para efectos del cálculo de la renta neta imponible 2, lo que genera un vacío legal que no permite que las empresas que se dedican a la actividad minera puedan de...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Franco Concha, Pedro, Angulo, Mariaelena, Cáceres, Rosa, Yamashiro, Isabel
Formato: artículo
Fecha de Publicación:2011
Institución:Universidad del Pacífico
Repositorio:UP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.up.edu.pe:11354/1764
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/11354/1764
https://doi.org/10.21678/jb.2011.43
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Impuesto a la Renta
Minería
Cierre de Minas
NIC 16
Perú
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.02.04
Descripción
Sumario:La Ley del Impuesto a la Renta vigente y su Reglamento no mencionan ni reconocen a la Provisión por Cierre de Minas1 como gasto deducible para efectos del cálculo de la renta neta imponible 2, lo que genera un vacío legal que no permite que las empresas que se dedican a la actividad minera puedan determinar si dicha provisión se debería o no considerar como gasto deducible del Impuesto a la Renta.La presente investigación tiene como objetivo sustentar y validar la especificación e inclusióno no de la Provisión por Cierre de Minas como gasto deducible para efectos de la Ley del Impuesto a la Renta a través de la evaluación del tratamiento contable financiero y tributario de dicha provisión.
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