Unión de hecho y sus limitaciones ante la filiación extramatrimonial, 2024
Descripción del Articulo
Con el objetivo explicar las limitaciones que presenta la unión de hecho ante la figura de la filiación extramatrimonial en el Perú, se formuló un estudio cualitativo, descriptivo, dogmático, retrospectivo, para explicar las condiciones que genera la normatividad vigente sobre unión de hecho y filia...
Autor: | |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2024 |
Institución: | Universidad Privada del Norte |
Repositorio: | UPN-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.upn.edu.pe:11537/36825 |
Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/11537/36825 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Derecho de familia Código civil Paternidad Derecho civil Unión de hecho Filiación extramatrimonial Reconocimiento filial https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
Sumario: | Con el objetivo explicar las limitaciones que presenta la unión de hecho ante la figura de la filiación extramatrimonial en el Perú, se formuló un estudio cualitativo, descriptivo, dogmático, retrospectivo, para explicar las condiciones que genera la normatividad vigente sobre unión de hecho y filiación extramatrimonial de hijos concebidos y nacidos en unión de hecho. Se observaron condiciones de limitación jurídica que afecta el derecho del niño a la identidad, reconocimiento y filiación paternal y maternal, acorde a leyes internacionales, por la condición de pertenecer a familias formadas en unión de hecho. Se observó que existe limitación en el tratamiento jurídico por no reconoce la categoría de figura jurídica precedente al matrimonio a la unión de hecho, familiar por negarse el derecho a la identidad del niño de sus padres tanto a nivel formal como fundamental en el reconocimiento y la identidad ante el registro civil, y natural porque se desconoce el vínculo consanguíneo de la procedencia, sometiéndolo a un trámite judicial para tal reconocimiento. Se sugiere revisión integral de la norma sobre filiación extramatrimonial para encontrar una salida acorde a las condiciones reales del vínculo que genera la concepción y nacimiento del niño dentro de familias formadas por unión de hecho y modificar el artículo 388° del CCP, adicionándole un párrafo que facilite el reconocimiento del niño nacido bajo unión de hecho tal cual es reconocido en el proceso de filiación matrimonial. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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