Inconstitucionalidad del proceso especial de filiación judicial de paternidad extramatrimonial

Descripción del Articulo

El presente tema se refiere al problema de la paternidad extramatrimonial, expresada en la gran cantidad de niños, adolescentes, jóvenes, incluso adultos no reconocidos por sus padres. Para el efecto se plantea la pregunta: ¿El Proceso Especial de Filiación Judicial de Paternidad Extramatrimonial, i...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Valqui León, Carolina Delfina
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2017
Institución:Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo
Repositorio:UNASAM-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:172.16.0.151:UNASAM/1860
Enlace del recurso:http://repositorio.unasam.edu.pe/handle/UNASAM/1860
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Filiación Judicial
Paternidad Extramatrimonial
Filiación Extramatrimonial
Interés superior del Niño
Debido Proceso
Descripción
Sumario:El presente tema se refiere al problema de la paternidad extramatrimonial, expresada en la gran cantidad de niños, adolescentes, jóvenes, incluso adultos no reconocidos por sus padres. Para el efecto se plantea la pregunta: ¿El Proceso Especial de Filiación Judicial de Paternidad Extramatrimonial, instaurado por la Ley N° 28457 y su modificatoria Ley N° 29821, es inconstitucional?, con el cual, se pretendió contribuir a la defensa de derechos como lo son la verdad biológica y la identidad del menor, que podrían verse vulnerados o desprotegidos, con relación a los derechos del presunto padre dentro de un proceso especial de filiación extramatrimonial, al respecto se propugna la defensa del interés superior del niño y después de haber realizado el estudio pertinente, de ésta problemática se tiene que sí se debería admitir como una excepción dentro de un proceso especial de filiación judicial extramatrimonial, darle prioridad al interés superior del niño, ya que este es el más vulnerable. Esto lo podemos ver reflejado en el expediente Nº 2273- 2005-HC/TC, la cual constituye que el derecho a la identidad debe entenderse como, el derecho que tiene todo individuo a ser reconocido estrictamente por lo que es y por el cómo es. Vale decir, el derecho a ser individualizado conforme a determinados rasgos definitivos, esencialmente de carácter objetivo y aquellos otros que se derivan del propio desarrollo y comportamiento personal. De esta manera el derecho a la identidad se impone ante los derechos del padre.
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