¡Santa regulación! Comentarios al Acuerdo N° 006-2019 SUSALUD
Descripción del Articulo
En un entorno de creciente regulación estatal, existe la creencia de que esta proliferación normativa se traduce en una mejora en la protección de los derechos de las personas. Sin embargo, un exceso de regulación puede conducir una carga administrativa innecesaria a los administrados que, a su vez,...
| Autores: | , |
|---|---|
| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2024 |
| Institución: | Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas |
| Repositorio: | UPC-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorioacademico.upc.edu.pe:10757/674566 |
| Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/10757/674566 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Inversión de la carga de la prueba Procedimiento administrativo trilateral Calidad regulatoria Derechos en salud Reversed burden of proof Trilateral administrative procedure Regulatory quality Health rights https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
| Sumario: | En un entorno de creciente regulación estatal, existe la creencia de que esta proliferación normativa se traduce en una mejora en la protección de los derechos de las personas. Sin embargo, un exceso de regulación puede conducir una carga administrativa innecesaria a los administrados que, a su vez, puede desalentar a recurrir al Estado en aras de salvaguardar sus derechos. En efecto, tenemos que la complejidad regulatoria puede generar incertidumbre y costos lo que dificulta su aplicación efectiva; de manera que, su objetivo se ve desvirtuado lo que reduce su impacto positivo. En ese sentido, mediante Acuerdo N° 006-2019, el Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud, acordó oficiar al Ministerio de Salud, a fin de promover la emisión de una ley para aquellos hechos en los cuales se han afectado los derechos del usuario, en procedimientos trilaterales sancionadores, específicamente en casos en el que el extravío de la historia clínica limite el ejercicio de su derecho, en aras de regular la inversión probatoria, lo cual tiene como objeto que la Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, aporten al proceso material probatorio que les permita acreditar la ausencia de responsabilidad en la producción del daño. Al respecto, el presente Trabajo de Suficiencia Profesional analizará si lo acordado en el Acuerdo N° 006-2019, requiere que el MINSA genera una nueva normativa o si la normativa peruana existente cumple plenamente la finalidad que permita a la autoridad sancionadora utilizar los mecanismos ya establecidos para la inversión probatoria en un procedimiento trilateral sancionador. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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