Límites del Principio de Confianza en el Delito de Lavado de Activos en la Casación 86-2021/Lima

Descripción del Articulo

El presente trabajo de investigación tuvo como propósito analizar la sentencia de Casación 86-2021/Lima. Analizaremos la excepción de improcedencia de acción presentada por Néstor Antonio Costa López, acusado de lavado de activos en las modalidades de ocultamiento, transferencia y conversión, así co...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Espinosa Mego, Adriana Carolina, Uchuya Lopez, Romina De Karla
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas
Repositorio:UPC-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorioacademico.upc.edu.pe:10757/686404
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/10757/686404
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Principio de confianza
Lavado de activos
Imputación objetiva
Ignorancia deliberada
Excepción de improcedencia de acción
Principle of trust
Money laundering
Objective imputation
Willful blindness
Motion for lack of cause of action
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El presente trabajo de investigación tuvo como propósito analizar la sentencia de Casación 86-2021/Lima. Analizaremos la excepción de improcedencia de acción presentada por Néstor Antonio Costa López, acusado de lavado de activos en las modalidades de ocultamiento, transferencia y conversión, así como en calidad de integrante de una organización criminal. Los hechos imputados por el Ministerio Público se centran en la recepción de una transferencia de 300,000 soles de su padre, Costa Alva, proveniente de honorarios profesionales obtenidos en un proceso contencioso administrativo previsional, presuntamente ilícitos debido a un delito previo de cohecho activo. Además, se le atribuye a Costa López la realización de actos posteriores, como la amortización de un préstamo hipotecario y la compra de vehículos a través de la empresa familiar "Hermanos Costa López Tours" S.A.C., de la cual era representante legal. La Corte Suprema, en su fallo del 22 de noviembre de 2021, declara fundado el recurso de casación, revoca el auto de primera instancia que había desestimado la excepción de improcedencia de acción y sobresee el proceso penal contra Costa López. La decisión se basa en la correcta aplicación del principio de confianza, concluyendo que no existían circunstancias objetivas que permitieran a Costa López sospechar la ilicitud de los fondos recibidos, y que actuó dentro de los límites del riesgo permitido.
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