Impacto tributario de los principales gastos de promoción reparables y su relación con el principio de causalidad en los laboratorios farmacéuticos trasnacionales de Lima Metropolitana 2017
Descripción del Articulo
La presente investigación tiene por objetivo evaluar el impacto tributario de los principales gastos de promoción reparables y su relación con el principio de causalidad aplicado en los laboratorios farmacéuticos trasnacionales de Lima Metropolitana durante el ejercicio fiscal 2017. Al respecto, exi...
Autores: | , |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2018 |
Institución: | Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas |
Repositorio: | UPC-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorioacademico.upc.edu.pe:10757/625939 |
Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/10757/625939 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Impuesto a la renta Principio de causalidad Gasto de promoción Congresos y eventos médicos Income tax Causality principle Promotional spending Congresses and medical events |
Sumario: | La presente investigación tiene por objetivo evaluar el impacto tributario de los principales gastos de promoción reparables y su relación con el principio de causalidad aplicado en los laboratorios farmacéuticos trasnacionales de Lima Metropolitana durante el ejercicio fiscal 2017. Al respecto, existen distintas posiciones por parte de la Administración Tributaria y de los entes jurisprudenciales en cuanto al tratamiento tributario de tales gastos, lo cual ha originado que los contribuyentes del sector farmacéutico no tengan una posición muy clara sobre este tema. Por ello, este estudio busca aclarar y dar a conocer cuáles son los gastos de promoción observados por la Administración Tributaria que podrían ser reparables, así como los criterios y pautas para sustentar dichos gastos como “escudo fiscal” de los laboratorios farmacéuticos frente a un proceso de fiscalización. En ese sentido, se ha recurrido al análisis de diferentes jurisprudencias que tratan sobre la deducibilidad de tales gastos y también se tomaron en cuenta las opiniones de gerentes y socios del área tributaria de las principales firmas auditoras a nivel mundial, estudios de abogados y del gremio ALAFARPE (Asociación Nacional de Laboratorios Farmacéuticos). Todo ello ha permitido concluir, que los gastos de promoción son uno de los más importantes para este tipo de negocio y que los principales gastos son las muestras médicas, congresos y eventos médicos. Para el caso de las muestras médicas, podrían ser deducibles si se cuenta con todos los sustentos para su acreditación. Por otro lado, para los congresos y eventos médicos la Administración Tributaria no acepta dicho gasto, ya que la principal controversia de Sunat por este gasto es el principio de causalidad cuestionando la necesidad de tal gasto. Sin embargo, los expertos del tema opinan que, si deberían ser deducibles, ya que estos si cumplen con el principio de causalidad. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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