Reaprovechamiento y remediación ambiental de los pasivos ambientales mineros "Acari", una aplicación de la Ley 28271
Descripción del Articulo
EL presente trabajo de tesis, ha sido desarrollado, con la finalidad de proponer criterios, al amparo de la Ley 28271, Y su Reglamento D.S. N° 059 acompañado de una solución sostenible al problema de los pasivos ambientales mineros de la antigua mina Hierro Acari; Con el objetivo que la etapa de cie...
Autor: | |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2015 |
Institución: | Universidad Nacional de Ingeniería |
Repositorio: | UNI-Tesis |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:cybertesis.uni.edu.pe:20.500.14076/2097 |
Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/20.500.14076/2097 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Minería Medio ambiente Geología Pasivo ambiental minero |
Sumario: | EL presente trabajo de tesis, ha sido desarrollado, con la finalidad de proponer criterios, al amparo de la Ley 28271, Y su Reglamento D.S. N° 059 acompañado de una solución sostenible al problema de los pasivos ambientales mineros de la antigua mina Hierro Acari; Con el objetivo que la etapa de cierre de minas, culmine con la generación de un activo minero, que sea fuente de generación de recursos; Lo que la Ley 28271, llama con toda propiedad: “reaprovechamiento”. El desarrollo del trabajo, se fundamenta en lograr que la autoridad minera el Ministerio de Energía y Minas (MEM), a través de la Dirección General de Minería (DGM), otorgue, a un tercero, la autorización correspondiente, para ejercer la titularidad, sobre el pasivo ambiental minero Acarí; que se encuentra ubicada, en su mayor parte, en la Concesión “Acarí XXIII”, perteneciente a la minera: Shougang Hierro Perú SAA, que a pesar de tener la titularidad de las concesiones donde se encuentran los pasivos ambientales mineros por más de 10 años, incumplieron con el cierre de minas, y no demostraron interés en realizar el “reaprovechamiento” de los desmontes de minas, dejados en abandono hace 50 años, y que hasta la fecha, no han sido remediados. Se describe todos los pasos a seguir, desde cuando se localiza el pasivo ambiental minero Acarí, se hacen las labores preliminares de reconocimiento de campo, se les identifica con coordenadas UTM, se hacen los análisis mineralógicos correspondientes, se presenta la solicitud, ante la autoridad minera, fundamentándose en la ley N° 28271, y su Reglamento, D.S. N° 059-2005; Igualmente, se mencionan, las diferentes apelaciones, realizadas por la minera Shougang Hierro Perú SAA, ante la DGM, en su afán de anular la Resolución: N° 044-2013-MEM-DGM/V del 13 de Enero del 2013, que RECONOCE, al peticionario el DERECHO de REAPROVECHAR los pasivos ambientales mineros de ACARI, incluyendo la obligación de efectuar su REMEDIACIÓN. Se establece el lineamiento base, para el reaprovechamiento del pasivo ambiental minero, se analiza el cierre de mina, a nivel factibilidad, y finalmente se presenta un estudio detallado de costos. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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