Determinación de conductas sancionadas penalmente y el derecho a la autodefensa en el derecho penal peruano

Descripción del Articulo

La investigación ha tenido por objeto determinar las conductas sancionadas penalmente en las que el procesado puede ejercer su derecho fundamental de autodefensa. En su desarrollo se optó por la metodología cualitativa, básica y documental, de nivel explicativo, con un diseño no experimental. La inf...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Arce Zucso, Nadhezda Rossely
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2022
Institución:Universidad Tecnológica del Perú
Repositorio:UTP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.utp.edu.pe:20.500.12867/7311
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12867/7311
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Derecho de autodefensa
Proceso penal
Derecho constitucional
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:La investigación ha tenido por objeto determinar las conductas sancionadas penalmente en las que el procesado puede ejercer su derecho fundamental de autodefensa. En su desarrollo se optó por la metodología cualitativa, básica y documental, de nivel explicativo, con un diseño no experimental. La información se ha recolectado empleando la observación y análisis documental de resoluciones judiciales, utilizando una ficha de observación documental como instrumento. Como resultado se logró determinar que el derecho a la autodefensa tiene naturaleza jurídica de un derecho constitucional fundamental, encuentra sustento en normas constitucionales y normas internacionales de derechos humanos y se materializa mediante la intervención directa y personal de todo procesado para ejercer su propia defensa durante todo el proceso, lo que puede ser ejercido con mayor plenitud en caso que el procesado ostenta título de abogado, conforme fluye de los fallos del Tribunal Constitucional, la Corte Suprema y Corte Interamericana de Derechos Humanos. Se concluye que el derecho a la autodefensa es un derecho constitucional que corresponde a todo procesado permitiendo ejercer su propia defensa a lo largo del proceso penal, incluso cuando cuenten con abogado de oficio. Sin embargo, su ejercicio no debe ser irrestricto, sino solo en aquellos delitos en los que la interacción del procesado directamente con los agraviados no genere una segunda victimización.
Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).