Propuesta legislativa para modificar el articulo 299 del Código Penal sobre posesión no punible en drogas en el Perú
Descripción del Articulo
El informe de investigación propuso una normativa Para Modificar el Artículo 299 Del Código Penal Sobre Posesión No Punible De Drogas en El Perú, Durante El Periodo 2017- 2019, para tratar de conocer y proponer soluciones al tráfico Ilícito de Drogas, más estrictamente la micro comercialización de d...
Autor: | |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2024 |
Institución: | Universidad Señor de Sipan |
Repositorio: | USS-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.uss.edu.pe:20.500.12802/12557 |
Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12802/12557 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Tráfico Drogas Comercialización Consumo Salud https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
Sumario: | El informe de investigación propuso una normativa Para Modificar el Artículo 299 Del Código Penal Sobre Posesión No Punible De Drogas en El Perú, Durante El Periodo 2017- 2019, para tratar de conocer y proponer soluciones al tráfico Ilícito de Drogas, más estrictamente la micro comercialización de drogas que suele escudarse bajo la figura legal de posesión de drogas para el propio e inmediato consumo, este informe analiza lo presentado por el código penal sobre La micro comercialización de drogas y la posesión no punible de drogas para el consumo personal. El artículo 299 del código penal, deja una ventana abierta para que se siga comercializando drogas, ya que no se puede sancionar la posesión para el consumo personal, por lo que abiertamente muchos micro comercializadores tienden a pasar desapercibidos en estas actividades ilícitas, es por ello que se llega a la conclusión que no se puede sancionar penalmente la posesión de drogas con fines de consumo personal, sin embargo, se puede limitar a los consumidores de dichas sustancias en horarios y lugares determinados, aplicando una sanción penal a quien posean drogas con fin de consumo en lugares públicos no permitidos cumpliendo el fin preventivo de las penas, asimismo, resulta importante el presente informe, para que la comunidad jurídica, los operadores del derecho, y los legisladores, tomen conciencia que el TID, no solo afecta la salud pública, por lo que se deberían de tomar acciones preventivas como la que propongo en la presente investigación. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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