El interés superior del niño como criterio limitador del derecho a la objeción de conciencia sanitaria ejercida por los padres

Descripción del Articulo

Esta investigación tiene como objetivo Analizar los lineamientos jurídicos que le permiten al principio del interés superior del niño y adolescente limitar derechos y facultades parentales, analizando desde una perspectiva jurídica proporcional con el propósito de proporcionar un claro análisis de l...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Goicochea Uriarte, Merci Lizeth
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2022
Institución:Universidad Señor de Sipan
Repositorio:USS-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uss.edu.pe:20.500.12802/9595
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12802/9595
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Lineamientos Jurídicos
Objeción de conciencia
Responsabilidad Medica
Interés superior del niño
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:Esta investigación tiene como objetivo Analizar los lineamientos jurídicos que le permiten al principio del interés superior del niño y adolescente limitar derechos y facultades parentales, analizando desde una perspectiva jurídica proporcional con el propósito de proporcionar un claro análisis de la presente investigación, teniendo como dirección fundamental, la protección de los derechos humanos, que en este caso vienen a ser el derecho a la vida y el derecho a la salud de los menores de edad frente a la objeción de conciencia a los tratamientos médicos, conducta que claramente que pone en evidente riesgo los derechos fundamentales de sus hijos, debido al ilimitado ejercicio de la patria potestad y la indebida invocación de la objeción de conciencia que ejercen. Se utilizó una metodología tipo descriptiva, con un diseño no experimental bajo un enfoque cuantitativo y cuya población estuvo conformada por un número total de 50 personas especialistas en el tema. de esta forma la investigación permite analizar los resultados, teniendo como conclusión que aún no hay razón o principio suficiente que considere a la objeción de conciencia por sobre la vida, la salud y el interés superior del niño y adolescente.
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