El requisito sustancial para la deducción del crédito fiscal referido a que las adquisiciones de bienes y servicios sean permitidos como gasto o costo para efectos del impuesto a la renta
Descripción del Articulo
En el presente trabajo de investigación, se analizará el requisito sustancial para la deducción del crédito fiscal señalado en el inciso a) del artículo 18° de la Ley del Impuesto General a las Ventas. Del análisis del requisito en referencia se ha podido observar que: el condicionar la deducción de...
| Autor: | |
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| Formato: | tesis de maestría |
| Fecha de Publicación: | 2024 |
| Institución: | Universidad de San Martín de Porres |
| Repositorio: | USMP-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.usmp.edu.pe:20.500.12727/14148 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12727/14148 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Crédito fiscal Deducciones Adquisiciones de empresas Impuesto a la renta https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
| Sumario: | En el presente trabajo de investigación, se analizará el requisito sustancial para la deducción del crédito fiscal señalado en el inciso a) del artículo 18° de la Ley del Impuesto General a las Ventas. Del análisis del requisito en referencia se ha podido observar que: el condicionar la deducción del crédito fiscal a lo adquirido se presente como gasto-costo para fines del (IR, en adelante), distorsiona la estructura técnica del impuesto al valor agregado, afectando así a la cadena a la productividad y comercio de estos (bienes y servicios), y trasgrede el principio de neutralidad del IGV que tiene por finalidad incidir en el consumidor final. En consecuencia, considerando el marco normativo actual, la jurisprudencia emitida por el Tribunal Fiscal, los criterios emitidos por la Intendencia Nacional Jurídica de la Administración Tributaria, la legislación comparada y la doctrina nacional, se plantea la eliminación o adecuación de dicho requisito, a fin de garantizar la correcta aplicación del crédito fiscal en la determinación del IGV, y que permita que el impuesto soportado en la adquisición de bienes y servicios incida exclusivamente en el consumidor final y se garantice la neutralidad del impuesto. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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