La determinación del uso típico en el delito de uso indebido de información Privilegiada en el Perú

Descripción del Articulo

El delito de iniciados, también nominado como insider trading, está vigente en el Perú por Decreto Legislativo N° 861 desde 1996 y se ubica en el Art. 251°- A del Código Penal. La afirmación de que el objeto material de este delito se constituye por información relevante o privilegiada y que estamos...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Lertora Seminario, David Israel
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2020
Institución:Universidad Privada San Juan Bautista
Repositorio:UPSJB-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.upsjb.edu.pe:upsjb/2942
Enlace del recurso:http://repositorio.upsjb.edu.pe/handle/upsjb/2942
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:tipicidad de delito
Derecho Penal Económico
Derecho Penal y su sistemática
Descripción
Sumario:El delito de iniciados, también nominado como insider trading, está vigente en el Perú por Decreto Legislativo N° 861 desde 1996 y se ubica en el Art. 251°- A del Código Penal. La afirmación de que el objeto material de este delito se constituye por información relevante o privilegiada y que estamos ante una naturaleza que apuesta por la protección de la probable lesión de la transparencia del mercado de valores, ha venido acompañada de un análisis dogmático dispar. Esa es la problemática retomada a superarse, que de la mano del autor se profundiza hasta llevarla a sus últimas consecuencias, ya que considera imprescindible concretizar el fundamento material del tipo analizado tanto objetivo como subjetivo, su ámbito de protección -bien jurídico que pervive-, su naturaleza jurídica y consumación. Seremos coherentes en establecer la cualidad del sujeto activo en la comisión del delito expuesto, es decir, especial, de dominio o de infracción de deber. Además de la reformulación del concepto de acción para el estado actual del Derecho penal, que es el hito fundante del umbral inédito del presente trabajo, acudimos ante el análisis crítico del Derecho penal peruano frente al español, que incluye las Directivas de la Comunidad Europea en lo que se relaciona al ataque del delito comentado, siendo desde ese punto de vista importante referenciarnos con las prótesis que sirven al Derecho penal, como lo constituye la Criminología y Política Criminal, esta última incluida dentro de la primera. Por eso se abandona, sin embargo, el análisis de antijuridicidad. El reparto del trabajo se orienta, finalmente, hacia una propuesta que el legiferante debe asumir como nuevo texto del Art. 251°-A del Código Penal en el cual se grafica el innovador concepto de proscripción de acción apoderativa, como núcleo del tipo de uso indebido de información privilegiada, en correspondencia al principio de legalidad y determinación, que debe imponerse y prosperar como estación de mantenimiento de legitimación antes las leyes penales en blanco, luego en la comunidad jurídica y académica del país, pues solo a partir de dicha técnica legislativa se logra incorporar el bien jurídico
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