Informe de expediente civil Nº 006944-2006-0- 1601-JR-CI-06

Descripción del Articulo

La realización del presente informe versa sobre el análisis del Proceso Civil signado bajo el Expediente Civil Nº 006944-2006-0-1601-JR-CI-06, el cual fue tramitado ante el Sexto Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, despachado inicialmente por la Dra. Ma...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Pizán Ballena, Wendy Estefany
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2018
Institución:Universidad Privada de Trujillo
Repositorio:UPRIT-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:190.119.200.62:UPRIT/52
Enlace del recurso:http://repositorio.uprit.edu.pe/handle/UPRIT/52
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Expediente
Civil
Derecho
Descripción
Sumario:La realización del presente informe versa sobre el análisis del Proceso Civil signado bajo el Expediente Civil Nº 006944-2006-0-1601-JR-CI-06, el cual fue tramitado ante el Sexto Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, despachado inicialmente por la Dra. María Collette UCEDA VELEZ y actuando como especialista judicial la Dr. Nelly Munayco Castillo 1 tramitándose en el Proceso abreviado. En el referido proceso civil, intervinieron las siguientes partes: María Isabel SILVA MALABRIGO en calidad de demandante, quien, con fecha 04 de abril de 2006 interpone demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO contra Harold Ricardo COELLO CUBA (Titular Registral) y Jetshy PEREYRA CASTAÑEDA (colindante del predio materia de Sub Litis), los demandados, en adelante. Mediante el cual la actora alega ser poseedora actual por más de 10 años de forma pública, pacífica, continua y en calidad de propietaria del bien inmueble sito en calle Las Turquezas N°430, Dpto. 202, Urbanización Santa Inés, distrito y provincia de Trujillo, en adelante el inmueble; por lo que, solicita: se declare propietaria del bien materia de Litis, a través de la demanda de Prescripción Adquisitiva de Dominio. Por su parte, el demandado Harold Ricardo COELLO CUBA, se opone a la demanda interpuesta por la recurrente, puesto que él tiene la titularidad del inmueble en litigio inscrito en Registros Públicos, señalando la Partida Registral N°03020984, adquiriendo dicha propiedad en mérito a la compraventa por parte de sus anteriores.
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