Regulación de la separación de patrimonios para la unión de hecho y la prevalencia de la autonomía de la voluntad de los concubinos (Chiclayo, 2019)

Descripción del Articulo

Objetivo: Fundamentar la regulación de la separación de patrimonios para la unión concubinaria para la prevalencia de la autonomía de la voluntad de los concubinos y la finalidad perseguida por las uniones de hecho (Chiclayo, 2019). Metodología: La unidad de análisis de la presente tesis fueron los...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Polo Monsalve, Juan José
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2022
Institución:Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo
Repositorio:UNPRG-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unprg.edu.pe:20.500.12893/10488
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12893/10488
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Sociedad de bienes
Autonomía de la voluntad
Sociedad de gananciales
http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:Objetivo: Fundamentar la regulación de la separación de patrimonios para la unión concubinaria para la prevalencia de la autonomía de la voluntad de los concubinos y la finalidad perseguida por las uniones de hecho (Chiclayo, 2019). Metodología: La unidad de análisis de la presente tesis fueron los 92 abogados de un total de 3589 abogados agremiados el colegio de Abogados del Ilustre Colegio de Abogados de Lambayeque, a los que se accedió mediante la aplicación de una encuesta virtual vía Google Forms, que fueron proyectados utilizando las herramientas de la estadística. Resultados: Para obtener nuestros resultados se aplicó una encuesta utilizando mediante su cuestionario de preguntas previamente estructuradas. Posterior a su aplicación, con los resultados obtenidos se procedió a procesar en instrumentos estadísticos (tablas y figuras), las cuales permitieron realizar una correcta contrastación de hipótesis. Conclusión: Se concluye que, la regulación de la separación de patrimonios para la unión concubinaria se fundamenta en la búsqueda de la prevalencia de la autonomía de la voluntad de los concubinos, debido a que la unión de hecho es una relación voluntaria entre dos personas de diferente sexo sin impedimento matrimonial; sin embargo, a pesar de ser voluntaria los concubinos están obligados a someterse al régimen de la sociedad de bienes por disposición de la ley; a diferencia de la institución familiar donde los cónyuges si pueden optar por adoptar su régimen patrimonial.
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