La improcedencia de la reconvención producto de la conclusión del procedimiento conciliatorio extrajudicial y la seguridad jurídica en el Perú

Descripción del Articulo

La presente tesis tuvo como objetivo general analizar la manera en que la improcedencia de la reconvención producto de la conclusión del procedimiento conciliatorio extrajudicial influye en la seguridad jurídica en el Perú, es por ello que, la pregunta general planteada fue: ¿de qué manera la improc...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Chirinos Aliaga, Jose Moises
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2024
Institución:Universidad Peruana Los Andes
Repositorio:UPLA-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.upla.edu.pe:20.500.12848/8010
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12848/8010
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Reconvención
Procedimiento conciliatorio
Conciliación
Seguridad jurídica
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La presente tesis tuvo como objetivo general analizar la manera en que la improcedencia de la reconvención producto de la conclusión del procedimiento conciliatorio extrajudicial influye en la seguridad jurídica en el Perú, es por ello que, la pregunta general planteada fue: ¿de qué manera la improcedencia de la reconvención producto de la conclusión del procedimiento conciliatorio extrajudicial influye en la seguridad jurídica en el Perú?, dicho ello, cabe precisar que la investigación sigue un método de investigación de enfoque cualitativo, con postura epistemológica iuspositivista, metodología paradigmática teórica – jurídica, y acorde a ello se adoptó una tipología de corte propositiva, en consecuencia, por la naturaleza expuesta se utilizó la técnica del análisis documental, siendo procesada la información mediante la argumentación jurídica a través de los instrumentos de recolección de datos tales como: la ficha textual y de resumen de cada fuente importante obtenida. El resultado más importante fue: La reconvención se funda en el principio de economía procesal e incluso en el mismo principio de seguridad jurídica. La conclusión más relevante fue: La improcedencia de la reconvención producto de la conclusión del procedimiento conciliatorio extrajudicial influye de manera negativa para la seguridad jurídica en el Perú. Finalmente, la recomendación fue: La derogación del penúltimo párrafo del artículo 15 de la Ley de Conciliación (Ley N° 26872).
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