Derecho los padres afines al régimen de visitas en las uniones de hecho propias
Descripción del Articulo
El título de la investigación es el “Derecho los padres afines al régimen de visitas en las uniones de hecho propias”. El problema general de la presente investigación es el siguiente: ¿cómo debe regularse normativamente el derecho de los padres afines al régimen de visitas, en el contexto de las un...
Autor: | |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2024 |
Institución: | Universidad Peruana Los Andes |
Repositorio: | UPLA-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.upla.edu.pe:20.500.12848/8304 |
Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12848/8304 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Derecho los padres afines Régimen de visitas Derecho de comunicación Derecho a disfrutar de la relación con sus hijos https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
Sumario: | El título de la investigación es el “Derecho los padres afines al régimen de visitas en las uniones de hecho propias”. El problema general de la presente investigación es el siguiente: ¿cómo debe regularse normativamente el derecho de los padres afines al régimen de visitas, en el contexto de las uniones de hecho propias reconocidas, en el Código Civil peruano, siendo el objetivo principal: determinar cómo debe regularse normativamente el derecho de los padres afines al régimen de visitas, en el contexto de las uniones de hecho propias reconocidas, en el Código Civil peruano. Asimismo, como hipótesis de investigación se formuló: el derecho de los padres afines al régimen de visitas, en el contexto de las uniones de hecho propias reconocidas, en el Código Civil peruano, debe regularse normativamente extendiendo dicho régimen de visitas a los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad. A nivel metodológico, se empleó el método inductivo-deductivo, el enfoque de la investigación es de carácter CUALITATIVO, de tipo de investigación jurídica social, de nivel explicativo, de diseño transversal y no experimental. Como conclusión ha mencionado se ha señalado que: se ha determinado que el derecho de los padres afines al régimen de visitas, en el contexto de las uniones de hecho propias reconocidas, en el Código Civil peruano, debe regularse normativamente extendiendo dicho régimen de visitas a los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad. Sobre la familia ensamblada se sugiere su reconocimiento y regulación de forma explícita debido a su crecimiento y la importancia de atender las necesidades de los integrantes de esta clase de familias. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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