La obligación de incoación del proceso inmediato y el principio de celeridad en los procesos por flagrancia delictiva, en el distrito judicial de La Libertad, periodo 2016 - 2017
Descripción del Articulo
Esta investigación se ha desarrollado en el marco de la problemática sobre la determinación de la eficacia del proceso penal inmediato en el sistema jurídico peruano; es decir, en la discusión sobre si este proceso simplificado logra cumplir con la finalidad por la cual fue regulado y reformado a tr...
| Autor: | |
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| Formato: | tesis de maestría |
| Fecha de Publicación: | 2019 |
| Institución: | Universidad Privada Antenor Orrego |
| Repositorio: | UPAO-Tesis |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.upao.edu.pe:20.500.12759/5707 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12759/5707 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Incoación Flagrancia https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.02 |
| Sumario: | Esta investigación se ha desarrollado en el marco de la problemática sobre la determinación de la eficacia del proceso penal inmediato en el sistema jurídico peruano; es decir, en la discusión sobre si este proceso simplificado logra cumplir con la finalidad por la cual fue regulado y reformado a través del Decreto Legislativo N° 1194. De esta manera, se plantó el problema de, ¿en qué medida, con la obligación de incoar el Proceso Inmediato dispuesta en el Decreto Legislativo 1194 se garantiza el principio de celeridad procesal en los procesos por flagrancia delictiva en el Distrito Judicial de La Libertad, 2016-2017? Preliminarmente, se respondió al problema con la hipótesis de que, en la medida que se incumple con los plazos que establece el Proceso Inmediato, aun obviando la investigación preparatoria y la etapa intermedia, pasando de las diligencias preliminares al juicio oral, la obligación de su incoación no garantiza el principio de celeridad procesal en los procesos de flagrancia delictiva en el Distrito Judicial de La Libertad, 2016-2017. A fin de poder contrastar esta hipótesis se elaboró un marco teórico base, se analizaron y discutieron casos específicos de procesos inmediatos por flagrancia delictiva y por delitos de incoación obligatoria (como la Conducción en estado de ebriedad y la Omisión a la asistencia familiar), y se discutieron los resultados de entrevistas y de la jurisprudencia recabada. En consecuencia, se confirmó la hipótesis planteada preliminarmente, llegando a la conclusión de que la obligación de incoar el proceso inmediato no ha garantizado el principio de celeridad procesal; puesto que, en la práctica judicial, no ha sido posible cumplir con los plazos legales preestablecidos. Asimismo, se identificaron problemas que impiden llegar a una justicia penal célere, como el abuso del principio de oportunidad frustrado por el imputado, y la no posibilidad de hacer comparecer de manera célere al imputado al juicio inmediato. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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