La desproporcionalidad de la pena en el delito de violencia contra la autoridad en su forma agravada

Descripción del Articulo

La Tesis denominada “La desproporcionalidad de la pena en el delito de violencia contra la autoridad en su forma agravada”, responde a la necesidad de determinar si en sanción penal fijada por el legislador en la Ley y aplicada concretamente por el juzgador es proporcional al bien jurídico protegido...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Ramirez Tirado, Manie Yisell
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2016
Institución:Universidad Privada Antenor Orrego
Repositorio:UPAO-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.upao.edu.pe:20.500.12759/2262
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12759/2262
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Delito de violencia
Desproporcionalidad de la pena
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.02
Descripción
Sumario:La Tesis denominada “La desproporcionalidad de la pena en el delito de violencia contra la autoridad en su forma agravada”, responde a la necesidad de determinar si en sanción penal fijada por el legislador en la Ley y aplicada concretamente por el juzgador es proporcional al bien jurídico protegido en el delito de Desobediencia contra la Autoridad en su forma agravada. En este sentido, la formulación de nuestro problema fue el siguiente: ¿De qué manera el artículo 367 del Código Penal que sanciona el delito de violencia contra la autoridad en su forma agravada contiene una pena desproporcionada?, para lo cual proponemos la siguiente hipótesis : Siendo que el inciso 3) del segundo párrafo del artículo 367 del Código Penal, sanciona el delito de violencia contra la autoridad en su forma agravada con una pena superior a la que corresponde a delitos con bienes jurídicos de mayor relevancia social y jurídica, contiene una pena desproporcionada. En este orden de ideas, nos abocamos al estudio de la Doctrina y Legislación para demostrar dicha hipótesis, dado que se han aplicado sentencia de prisión efectiva. De esta manera se ha logrado concluir que la pena que establece el legislador al delito deberá ser proporcional a la importancia social del hecho. En este sentido no deben de admitirse penas o medidas de seguridad, exageradas o irracionales en relación con la prevención del delito.
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