La posibilidad que el juez realice el reexamen de los medios de prueba en la etapa de juicio oral y el artículo 155 inciso 4 del CPP

Descripción del Articulo

La admisión probatoria en materia penal es la que se produce en la etapa intermedia, con excepción de la prueba nueva que se incorpora al proceso en juicio oral. sin embargo, es posible que el examen probatorio en el control de la etapa intermedia realizado por el Juez de Investigación Preparatoria,...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Zumaeta Alva, Magaly
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas
Repositorio:UNTRM-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.untrm.edu.pe:20.500.14077/4755
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.14077/4755
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Reexamen
Medio de prueba
Derecho a la prueba
Defensa eficaz
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.00.00
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.02
Descripción
Sumario:La admisión probatoria en materia penal es la que se produce en la etapa intermedia, con excepción de la prueba nueva que se incorpora al proceso en juicio oral. sin embargo, es posible que el examen probatorio en el control de la etapa intermedia realizado por el Juez de Investigación Preparatoria, sea nuevamente examinado por el Juez de juicio oral. Pues, esa cuestión es la que se analiza en la presente tesis. Siendo una investigación no experimental, dogmática y descriptiva. En la que se determinó, que el reexamen es el remedio procesal que faculta a las partes a solicitar un nuevo examen de las pruebas admitidas o inadmitidas en la etapa intermedia, a fin que el juez de juicio oral revise y de nuevo examine si la prueba cumple con los requisitos de admisibilidad para su actuación en juicio oral, el cual se encuentra regulado en el artículo 155.4 del CPP. Asimismo, se identificó que existen pocos pronunciamientos jurisprudenciales respecto al reexamen probatorio, pero de los analizados, la autora determinó que la Corte Suprema, es consciente de la importancia que representa el reexamen para garantizar el derecho a la prueba y el derecho a la defensa eficaz. Frente al rechazo de pruebas por no cumplir con las formalidades, se dejó en claro que debe prevalecer el derecho fundamental a la prueba, en razón a que por medio de este se puede lograr la meta del proceso penal que es: esclarecer los hechos objeto de acusación.
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