Desnaturalización de la Prisión Preventiva por la ausencia de la concurrencia conjunta de peligros procesales, Lima, Año,2024

Descripción del Articulo

La presente investigación tiene como finalidad analizar si la supresión de la exigencia de concurrencia conjunta de los peligros procesales ha contribuido a la desnaturalización de la prisión preventiva en el Perú, con énfasis en la experiencia jurídica nacional. Para ello, se parte del estudio del...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Peña Castrocuba, Liz Floraida
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad Nacional de San Agustín
Repositorio:UNSA-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unsa.edu.pe:20.500.12773/20839
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12773/20839
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Prisión preventiva
Peligro procesal
Derechos fundamentales
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La presente investigación tiene como finalidad analizar si la supresión de la exigencia de concurrencia conjunta de los peligros procesales ha contribuido a la desnaturalización de la prisión preventiva en el Perú, con énfasis en la experiencia jurídica nacional. Para ello, se parte del estudio del peligro de fuga y del peligro de obstaculización como componentes estructurales del peligro procesal, abordando su configuración doctrinaria, jurisprudencial y normativa. Asimismo, se examinan los principales pronunciamientos del Tribunal Constitucional, la Corte Suprema y los Organismos Internacionales de Derechos Humanos, que han formulado recomendaciones para garantizar la excepcionalidad y proporcionalidad en la aplicación de esta medida. La investigación se desarrolló bajo un enfoque mixto, de tipo aplicada, nivel descriptivo-explicativo, utilizando métodos jurídico-dogmático, analítico y estadístico. Se aplicaron cuestionarios a operadores del sistema de justicia penal (fiscales), así como entrevistas semiestructuradas, y se analizaron casos relevantes en el ámbito nacional, particularmente en Lima. Los resultados obtenidos evidencian que, en la práctica judicial, la prisión preventiva ha dejado de constituir una medida excepcional para convertirse en una respuesta común ante la comisión de determinados delitos. La flexibilización de los criterios de valoración del peligro procesal y la admisión de su configuración con la sola concurrencia de uno de sus elementos ha generado un uso excesivo de esta medida, afectando los derechos fundamentales de los investigados. Asimismo, se constató que las recomendaciones de los organismos internacionales no siempre son debidamente consideradas por los jueces al momento de dictar prisión preventiva, lo que agudiza los riesgos de arbitrariedad y de afectación al principio de presunción de inocencia. En tal sentido, se concluye que la actual regulación del artículo 268 del Código Procesal Penal requiere ser modificada para restablecer la exigencia de la concurrencia conjunta del peligro de fuga y del peligro de obstaculización como requisito indispensable para dictar prisión preventiva. Solo así será posible preservar el carácter excepcional de esta medida y asegurar su compatibilidad con el sistema interamericano de protección de derechos humanos.
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