Factores que condicionan el supuesto de peligro de fuga para la imposición de prisión preventiva en el Distrito Judicial de Huánuco 2016 – 2018

Descripción del Articulo

La presente investigación de carácter científica tuvo como propósito Determinar cuáles son los factores que condicionan el supuesto peligro de fuga para la imposición de prisión preventiva en el distrito judicial de Huánuco 2016 – 2018. La metodología empleada para lo que fue el desarrollo de la pre...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Limaylla Torres, Abraham de Jesus
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2021
Institución:Universidad Nacional Hermilio Valdizán
Repositorio:UNHEVAL-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unheval.edu.pe:20.500.13080/8294
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.13080/8294
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Reparar el daño
Gravedad de la pena
Confesión sincera
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.02
Descripción
Sumario:La presente investigación de carácter científica tuvo como propósito Determinar cuáles son los factores que condicionan el supuesto peligro de fuga para la imposición de prisión preventiva en el distrito judicial de Huánuco 2016 – 2018. La metodología empleada para lo que fue el desarrollo de la presente investigación fue Sociológicojurídica, Esta dimensión sociológica del derecho, es decir, la que percibe al derecho como hecho social, contribuye a resaltar las complementarias dimensiones fácticas de toda normatividad positiva, ello por cuanto la sociología jurídica es la otra disciplina fundamental al lado de la estrictamente normativa, teniendo como finalidad sociológica del derecho comprobar el grado de efectividad social de las normas jurídicas. (Émile, 1985). La gravedad de la pena a imponerse hace presumir al juzgador que en caso de que imputados asumirán el proceso penal en libertad podrían perturbar la actividad probatoria; podrían influir en los testigos o presentar testigos o presentar testigos para poder desviar las investigaciones, y podrían huir dejando ilusorio el derecho punitivo del Estado. Se ha podido comprobar que los jueces imponen prisión preventiva por el peligro de fuga, pero sustentan que el peligro de fuga se da por la gravedad de la pena y por la ausencia de reparar el daño causado. Sin embargo, el criterio utilizado es insuficiente puesto que ni el Estatuto Penal Adjetivo ni la Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia otorgan preeminencia a alguno de los presupuestos de la prisión preventiva como constitutivos del peligro procesal.
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