La apropiación ilícita de bienes cuyo valor no sobrepase una remuneración mínima vital, porque no puede ser considerado como falta - Iquitos-2018

Descripción del Articulo

El presente trabajo se desarrolló en el departamento de Loreto, provincia de Maynas, distrito de Iquitos con el objetivo de determinar ¿por qué un delito que no sobrepasa el valor de una remuneración mínima vital no puede ser considerado como falta, ser juzgada y sentenciada como otros delitos?, la...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Vásquez Vásquez, Roberto, Delmar Pezo, Celia Llessenia
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2019
Institución:Universidad Nacional De La Amazonía Peruana
Repositorio:UNAPIquitos-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unapiquitos.edu.pe:20.500.12737/6309
Enlace del recurso:http://repositorio.unapiquitos.edu.pe/handle/20.500.12737/6309
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Hurto simple
Delitos contra la propiedad
Cuestiones penales
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.02
Descripción
Sumario:El presente trabajo se desarrolló en el departamento de Loreto, provincia de Maynas, distrito de Iquitos con el objetivo de determinar ¿por qué un delito que no sobrepasa el valor de una remuneración mínima vital no puede ser considerado como falta, ser juzgada y sentenciada como otros delitos?, la metodología fue de tipo Descriptivo-Explicativo-Correlacional, la población estuvo conformada por 1,500 personas (jueces, abogados, secretarios, etc.), la muestra estuvo representada por 69 personas, para lograr los objetivos del trabajo se empleó como técnica la encuesta y la observación. Llegándose a las siguientes conclusiones: Que un delito cometido cuyo monto no sobrepasa una numeración mínima vital no puede ser considerada como falta, sentenciada o juzgada como otros delitos es debido a que la misma Ley no lo permite y esto es debido porque existen vacíos en ella, a pesar que la inseguridad ciudadana aumenta estadísticamente cada día más según los reportes de la policía nacional. El estado debe priorizar la elaboración y ejecución de proyectos donde la sociedad pueda insertarse en ellos por la falta de empleo en el país, por lo cual muchas personas tienen como única opción el de delinquir y muchas de estas faltas son consideradas de menor cuantía por las autoridades y esto para la sociedad actualmente no está bien por eso es común enterarse en los medios de comunicación el accionar de la población cuando toma la justicia por su propia cuenta y, esto se bebe también a que la sociedad no tiene confianza en las actuales autoridades de Administración de Justicia en nuestro País. Por lo tanto la hipótesis planteada en el presente trabajo se acepta.
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