EXPEDIENTE CIVIL Nº 01792-2011 "SUMARISIMO"
Descripción del Articulo
El extracto de la presente demanda presentada por el señor Jorge Roberto Rodríguez Zegarra contra las señoras Mirtha Catalina Mendoza Pinto y Doña Irma Margarita Buitron Sosa de Garcia en el Vigésimo Noveno Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, solicitando la restitución de su propiedad ubicada...
Autor: | |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2020 |
Institución: | Universidad Peruana de Las Américas |
Repositorio: | ULASAMERICAS-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:192.168.10.17:upa/915 |
Enlace del recurso: | http://repositorio.ulasamericas.edu.pe/handle/upa/915 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Derecho Civil Derecho administrativo |
Sumario: | El extracto de la presente demanda presentada por el señor Jorge Roberto Rodríguez Zegarra contra las señoras Mirtha Catalina Mendoza Pinto y Doña Irma Margarita Buitron Sosa de Garcia en el Vigésimo Noveno Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, solicitando la restitución de su propiedad ubicada en el jirón yauli N° 1610-1612-1614, urbanización chacra ríos - Cercado de Lima, al encontrarse las demandadas en calidad de ocupantes precarias, dicha propiedad fue adquirida por el señor Jorge Domínguez a través de un contrato de compra venta de su anterior propietario, por tanto adquirió la propiedad como consta en la partida registral N° 47138574 de los Registros Públicos de Lima y Callao, con fecha 29 de diciembre de 2010. La demanda se presentó al Juzgado correspondiente, el Juez admite la demanda y corre traslado a las demandadas para que contesten conforme a ley, las demandadas contestan y contradicen la demanda en todos sus extremos indicando que el inmueble materia de litis viene siendo llevado en otro juzgado cuya pretensión consiste en nulidad de la compra venta y la reivindicación del bien a la masa hereditaria. El Juzgado en primera instancia declara fundada la demanda, por lo que las demandadas interponen recurso de apelación, ante esto se emite el pronunciamiento de la Sétima Sala Civil de la Corte Superior de Lima, la cual revoca la sentencia de primera instancia y declara improcedente la demanda. El demandante no quedando conforme con la decisión de la Sala interpone en el plazo de Ley, su Recurso de Casación ante la Sala Civil para que esta eleve el recurso a la Corte Suprema quienes declararon improcedente el Recurso de Casación contra la sentencia de segunda instancia. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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