La deducción de gastos en el impuesto a la renta de trabajo de personas naturales en Lima
Descripción del Articulo
El presente trabajo nace de una problemática en la que las personas naturales que generan rentas de trabajo, las de cuarta y quinta categoría, se ven claramente en desventaja al momento de determinar la obligación tributaria respecto de las personas jurídicas que generan rentas similares pero que po...
| Autor: | |
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| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2022 |
| Institución: | Universidad Peruana de Las Américas |
| Repositorio: | ULASAMERICAS-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:192.168.10.17:upa/2225 |
| Enlace del recurso: | http://repositorio.ulasamericas.edu.pe/handle/upa/2225 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Capacidad contributiva Causalidad Gastos Igualdad Renta de cuarta categoría Ingresos Gastos deducibles Rentas de quinta categoría Elusión tributaria Ejercicio gravable http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.02.04 |
| Sumario: | El presente trabajo nace de una problemática en la que las personas naturales que generan rentas de trabajo, las de cuarta y quinta categoría, se ven claramente en desventaja al momento de determinar la obligación tributaria respecto de las personas jurídicas que generan rentas similares pero que por su forma de organización son consideradas rentas empresariales, las de tercera categoría. El punto en controversia radica en que a las personas naturales solo se les permite deducir hasta 10 UIT (supeditado al cumplimiento de ciertos requisitos establecidos en la norma del Impuesto a la Renta); mientras que a las personas jurídicas se les permite una deducción real al poder deducir los gastos que efectivamente generaron. Lo cual nos muestra un escenario de desigualdad, debido a que como persona natural no se permite la deducción de la totalidad de gastos incurridos para generar las rentas, con lo cual la renta neta termina siendo alta (en comparación con las personas jurídicas) originando que la deuda tributaria sea mayor a la que correspondería de ser persona jurídica. Si a dicha desventaja se le añade que los pagos a cuenta mensuales por rentas de trabajo independientes (cuarta categoría) se realizan aplicando el 8% de los ingresos y que a fin de año podríamos tener una tasa de impuesto a la renta superior al 8%, pues nos encontraríamos en una situación de estar frente a una deuda alta de las cuales los ingresos se liquidaron en los meses en que se generaron. Este escenario nos muestra una realidad en la que las personas naturales que generan renta de trabajo terminan generando y pagando un Impuesto a la Renta mayor al que correspondería si pudiesen deducir los gastos que efectivamente incurrieron para generar la renta. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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