Resumen De Expediente Civil N° 4083 - 2011, Divorcio Por Causal
Descripción del Articulo
El presente trabajo desarrollado, es el estudio y análisis del Expediente Civil N° 4083-2011, tramitado ante el Sexto Juzgado de Familia de la Corte Superior de Lima, demanda interpuesta el 8 de abril del año 2011, por don Luis Miguel Gutiérrez Sotelo, en contra de su cónyuge Patricia Martha Niezen...
Autor: | |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2019 |
Institución: | Universidad Peruana de Las Américas |
Repositorio: | ULASAMERICAS-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:192.168.10.17:upa/680 |
Enlace del recurso: | http://repositorio.ulasamericas.edu.pe/handle/upa/680 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Proceso Conocimiento Divorcio Causal de separación de hecho |
Sumario: | El presente trabajo desarrollado, es el estudio y análisis del Expediente Civil N° 4083-2011, tramitado ante el Sexto Juzgado de Familia de la Corte Superior de Lima, demanda interpuesta el 8 de abril del año 2011, por don Luis Miguel Gutiérrez Sotelo, en contra de su cónyuge Patricia Martha Niezen Arias, peticionando el divorcio por causal de separación de hecho, para que a nivel judicial se declare la disolución del vínculo matrimonial Conforme lo establece el código adjetivo, se desarrolló el proceso en la vía procedimental de conocimiento, llevándose a cabo los diversos actos jurídicos procesales con la participación de las partes justiciables bajo la dirección del Órgano Jurisdiccional competente, donde luego de concluido con la actividad probatoria el Juez de la primera instancia declara fundada, en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial, también se fijó una pensión alimentos a favor de la emplazada y se desestimó tácitamente el pedido de indemnización que establece el artículo 345-A del código civil, al no estar de acuerdo con la decisión del Juez, las partes impugnaron presentando un recurso de apelación. Examinado los recursos impugnatorios presentados, la Segunda Sala Especializada en Familia de la Corte Superior de Justicia de Lima, resolvió aprobar la sentencia de primera instancia, solo reformuló el monto de la pensión de alimentos estableciendo en 8 % del ingreso total que percibe el demandante, sentencia que fue consentida por este último, mientras que la demandada al no estar conforme interpuso recurso de casación, por infracción normativa al art. 345-A del C.C. y al artículo 189 inciso 5 de la Constitución Política del Perú ; recurso que fue concedido y elevado a la Corte Suprema, la que declaró fundado el recurso casatorio, declarándose nula únicamente en el extremo que desestima el pedido de indemnización y actuando en sede de instancia declararon fundada el pedido, ordenando el pago de S/.10,000.00 n.s., por concepto de indemnización. Conforme se puede apreciar que durante la tramitación del expediente en estudio se ha incurrido en algunas deficiencias, omisiones y contradicciones entre las instancias conforme se detalla en el presente trabajo. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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