“LA CUANTIFICACIÓN DEL DAÑO EXTRAPATRIMONIAL POR EL CONCEPTO DE REPARACION CIVIL EN LA COMISIÓN DEL DELITO DE HOMICIDIO CULPOSO”

Descripción del Articulo

La amplia variabilidad en las compensaciones, tanto entre distintos distritos judiciales como entre diferentes jueces, viola claramente el principio de igualdad establecido en la Constitución. Esto genera serias inquietudes acerca de la seguridad jurídica debido a las marcadas diferencias en las ind...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Grados Mendoza, Jhonatan Marco
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad Inca Garcilaso de la Vega
Repositorio:UIGV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uigv.edu.pe:20.500.11818/8725
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.11818/8725
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Reparación civil
Daño extra patrimonial
Delito de homicidio culposo
cuantificación.
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La amplia variabilidad en las compensaciones, tanto entre distintos distritos judiciales como entre diferentes jueces, viola claramente el principio de igualdad establecido en la Constitución. Esto genera serias inquietudes acerca de la seguridad jurídica debido a las marcadas diferencias en las indemnizaciones por lesiones, muerte y otros daños. Asimismo, puede ser complicado debido a la dificultad de cuantificar este tipo de daño. Se requieren criterios objetivos para su cuantificación en la medida de lo posible. La reparación adecuada del daño, correctamente determinada, cumple una función social importante al compensar el daño moral sufrido por la víctima y tener un carácter punitivo hacia el responsable del daño. Sin embargo, el Código Civil actual en nuestro país solo proporciona pautas generales para la indemnización del daño moral, sin criterios adicionales para su cuantificación precisa. Además, los criterios establecidos en las sentencias no solo son relevantes para resolver los casos específicos a los que se refieren, sino que también deben servir como jurisprudencia para una nueva valoración del daño y su compensación reparadora, en línea con los intereses de la víctima y su entorno familiar, como lo establece el artículo 45° del Código Penal.
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