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Valoración de la prueba indiciaria en el delito de feminicidio

Descripción del Articulo

Objetivo general: El estudio planteó como objetivo el determinar la valoración de la prueba indiciaria realizada por el juez en el delito de feminicidio. Metodología: La metodología utilizada fue a través del método la hermenéutica jurídica, enfoque cualitativo, diseño de la teoría fundamentada. La...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Suclupe Olivos, Larry Gamma
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2022
Institución:Universidad Inca Garcilaso de la Vega
Repositorio:UIGV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uigv.edu.pe:20.500.11818/6401
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.11818/6401
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Prueba indiciaria
feminicidio
indicio
valoración probatoria
motivación
Descripción
Sumario:Objetivo general: El estudio planteó como objetivo el determinar la valoración de la prueba indiciaria realizada por el juez en el delito de feminicidio. Metodología: La metodología utilizada fue a través del método la hermenéutica jurídica, enfoque cualitativo, diseño de la teoría fundamentada. La técnica de recolección de datos fue el análisis documental utilizando como instrumento la ficha de registro. Resultados: Entre los resultados se alcanzó a afirmar que la prueba indiciaria no es un conjunto de conjeturas, hipótesis, suposiciones o apariencias, sino que estamos ante un medio de prueba compuesto en el que cada uno de los supuestos que lo conforman debe cumplirse para que la prueba sea considerada válida. Dicho de otro modo, la prueba indiciaria, según el profesor Talavera (2009), es una prueba de contenido complejo compuesta por tres elementos fundamentales: el indicio o hecho supuesto, el hecho presumido (o conclusión) y, por último, el nexo (o relación causal) que conecta el indicio con su correspondiente conclusión. Conclusión: Se concluyó que la hipótesis planteada fue aceptada, lo que implica que La prueba indiciaria es valorada por el juez en el delito de feminicidio incidiendo significativamente en las sentencias porque permite motivar su decisión conforme a lo dispuesto en el artículo 158º inciso 3. Por tanto: La prueba por indicios requiere: a) que los indicios sean probados; b) que la inferencia se base en las reglas de la lógica, la ciencia o la experiencia; c) que, en el caso de los indicios contingentes, éstos sean plurales, concordantes y convergentes; y que no haya contraindicaciones consistentes.
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