Testigo impropio y su afectación a la teoría de la verdad material en juzgado penal colegiado de San Martin, 2020

Descripción del Articulo

El proceso penal es el mecanismo por el cual se busca la verdad material de los hechos atribuidos al imputado, sin embargo, con el pasar del tiempo y la actualización de las ramas procesales se han fomentado instituciones que se entiende deben ayudar al alcance de la verdad, siendo una de estas, la...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Flores Cabanillas, Marilia, Ramírez Tananta, Jean Michel
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2021
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/85087
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/85087
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Testigos
Derecho procesal penal
Pruebas testificales
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:El proceso penal es el mecanismo por el cual se busca la verdad material de los hechos atribuidos al imputado, sin embargo, con el pasar del tiempo y la actualización de las ramas procesales se han fomentado instituciones que se entiende deben ayudar al alcance de la verdad, siendo una de estas, la del “Testigo Impropio”, misma que se configura cuando el imputado acepta los cargos que se le adjudican, se ve materializado por medio de la “terminación anticipada” o una “conclusión anticipada”, esto según sea el caso. Sin embargo, es importante acotar, que estas figuras tienen como fin el brindar un beneficio a quien acepte los hechos, en este sentido, se ve afectado el fin de llegar a la verdad material del caso en concreto. El problema radica cuando al momento de la audiencia el testigo impropio no declara haciendo uso de su derecho a guardar silencio, o cuando en juicio, este declara en contra de lo que había aceptado en la sentencia, también en el supuesto que lo declarado no corrobore la teoría del fiscal. Lo mencionado podría perjudicar temerariamente la verdad material que se intenta alcanzar en las sentencias dictadas por los magistrados encargados de los órganos jurisdiccionales competentes.La consecuencia del problema se torna en que la figura del testigo impropio no constituye una fuente de corroboración para los elementos de la investigación por el representante del fiscal o se lo emplea para declarar hechos periféricos que son irrelevantes para la convicción de la teoría del caso del representante público; esto genera una grave complicación para el desarrollo de la verdad material. Se debe mencionar que la normativa peruana, no ha estipulado parámetro alguno sobre el testigo impropio dentro del proceso y, menos si quien se adhiere a esto es reincidente en el delito imputado, entonces, por esto la figura en mención y vuelve innecesaria, no cumple con la finalidad de su incorporación en el proceso.
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