Derechos ancestrales y normativa ambiental: Hacia un enfoque equitativo del Derecho Administrativo
Descripción del Articulo
El presente estudio se enmarcó en los derechos ancestrales y Derechos Constitucionales de” “los” nativos que radican “en” “el” “Departamento” “de” San” Martín - Perú. Primero, este derecho a investigar se ubica dentro del artículo” 89° de la Carta Magna del año 1993, cuando refiere “que, las comunid...
Autor: | |
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Formato: | artículo |
Fecha de Publicación: | 2023 |
Institución: | Universidad Cesar Vallejo |
Repositorio: | UCV-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/165300 |
Enlace del recurso: | https://rclimatol.eu/2023/12/20/derechos-ancestrales-y-normativa-ambiental-hacia-un-enfoque-equitativo-del-derecho-administrativo/ https://hdl.handle.net/20.500.12692/165300 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Derechos ancestrales Normativa ambiental Enfoque equitativo Derecho administrativo https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
Sumario: | El presente estudio se enmarcó en los derechos ancestrales y Derechos Constitucionales de” “los” nativos que radican “en” “el” “Departamento” “de” San” Martín - Perú. Primero, este derecho a investigar se ubica dentro del artículo” 89° de la Carta Magna del año 1993, cuando refiere “que, las comunidades campesinas y nativas “poseen pleno reconocimiento y existencia por ley, asimismo indica que, al ser personas jurídicas, gozan de “potestad” “en” su” ordenamiento y, también el uso “de” “sus” “tierras” y “la” “libre” “disposición” en el “marco” establecido por ley, precisando que la pertenencia de sus tierras es de contenido duradero. Dentro del segundo rubro está el derecho ancestral que tienen estas comunidades que habitan en la región San Martín, en consecuencia, la problemática se ubicó por el hecho de que los indígenas en el ejercicio de sus derechos ancestrales y al ejercer su derecho de propiedad por las tierras que poseen, ejecuta actos propios para su subsistencia como el hecho de cortar ´arboles, realizar plantaciones para su subsistencia, caza de animales, entre otros, son procesados por el ente regulador de la gestión forestal: OSINFOR y terminan pagando multas en Unidades Impositivas Tributarias, cuando ello no debía serlo, puesto que, sencillamente sólo están ejerciendo su derecho ancestral sobre sus tierras. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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