“Nulidad o anulabilidad de los actos de disposición patrimonial de uno de los cónyuges en la denominada sociedad de gananciales”
Descripción del Articulo
La presente tesis en realidad está destinado a sugerir un cambio en su normativa en relación a lo establecido a la letra en el artículo 315° del Código Civil Peruano, y que el negocio jurídico celebrado finalmente llegue a cumplir sus efectos para los cuales estaba destinado. Si tenemos entonces que...
| Autor: | |
|---|---|
| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2018 |
| Institución: | Universidad Cesar Vallejo |
| Repositorio: | UCV-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/27127 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12692/27127 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Nulidad Anulabilidad Actos de Disposición Patrimonial Sociedad de Gananciales https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
| id |
UCVV_222753d6225c7591a577d864ee503aac |
|---|---|
| oai_identifier_str |
oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/27127 |
| network_acronym_str |
UCVV |
| network_name_str |
UCV-Institucional |
| repository_id_str |
3741 |
| dc.title.es_PE.fl_str_mv |
“Nulidad o anulabilidad de los actos de disposición patrimonial de uno de los cónyuges en la denominada sociedad de gananciales” |
| title |
“Nulidad o anulabilidad de los actos de disposición patrimonial de uno de los cónyuges en la denominada sociedad de gananciales” |
| spellingShingle |
“Nulidad o anulabilidad de los actos de disposición patrimonial de uno de los cónyuges en la denominada sociedad de gananciales” Ortiz Alburqueque, Jose Nulidad Anulabilidad Actos de Disposición Patrimonial Sociedad de Gananciales https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
| title_short |
“Nulidad o anulabilidad de los actos de disposición patrimonial de uno de los cónyuges en la denominada sociedad de gananciales” |
| title_full |
“Nulidad o anulabilidad de los actos de disposición patrimonial de uno de los cónyuges en la denominada sociedad de gananciales” |
| title_fullStr |
“Nulidad o anulabilidad de los actos de disposición patrimonial de uno de los cónyuges en la denominada sociedad de gananciales” |
| title_full_unstemmed |
“Nulidad o anulabilidad de los actos de disposición patrimonial de uno de los cónyuges en la denominada sociedad de gananciales” |
| title_sort |
“Nulidad o anulabilidad de los actos de disposición patrimonial de uno de los cónyuges en la denominada sociedad de gananciales” |
| author |
Ortiz Alburqueque, Jose |
| author_facet |
Ortiz Alburqueque, Jose |
| author_role |
author |
| dc.contributor.advisor.fl_str_mv |
Velasco Palacios, Omar Gabriel |
| dc.contributor.author.fl_str_mv |
Ortiz Alburqueque, Jose |
| dc.subject.es_PE.fl_str_mv |
Nulidad Anulabilidad Actos de Disposición Patrimonial Sociedad de Gananciales |
| topic |
Nulidad Anulabilidad Actos de Disposición Patrimonial Sociedad de Gananciales https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
| dc.subject.ocde.es_PE.fl_str_mv |
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
| description |
La presente tesis en realidad está destinado a sugerir un cambio en su normativa en relación a lo establecido a la letra en el artículo 315° del Código Civil Peruano, y que el negocio jurídico celebrado finalmente llegue a cumplir sus efectos para los cuales estaba destinado. Si tenemos entonces que el cónyuge inocente con el acto jurídico desarrollado por su esposo(a) se vea beneficiado y resulte ser económicamente muy bueno para el intereses de ambos, y habiendo presentándose esta situación, la primera solución sería que el acto jurídico quede confirmado sea expresa o tácita, siendo que con la Confirmación explícita el acto anulable puede ser confirmado por la parte a quien corresponda la acción de anulación mediante instrumento que contenga la mención del acto que se quiere confirmar, la causal de anulabilidad y la manifestación expresa de confirmar. Es expresar la confirmación cuando en forma directa se manifiesta la voluntad de dar validez al acto jurídico. En la confirmación expresa, el vicio y el derecho a la anulación aparece de la manifestación de voluntad de confirmar, puesto que el agente debe hacer referencia a la causal de anulabilidad y su deseo de confirmarlo. La confirmación expresa es el acto jurídico unilateral (porque es realizado por aquel a quien corresponde el derecho de instar la anulación, sin que sea necesario el concurso de la otra parte cuando el acto anulable no es unilateral) y accesorio por el cual la parte a quien corresponde la acción de anulación declara querer la validez definitiva del acto anulable, con conocimiento de la causal de anulación y habiendo esta cesado. De otro lado con la confirmación tacita la voluntad en el acto confirmatorio, supone aplicar que sobre el particular establece el artículo 141° del Código Civil, según el cual la manifestación es tacita cuando la voluntad se infiere indubitablemente de una actitud o de circunstancias de comportamiento que revelan su existencia. Si bien la manifestación de voluntad es un tema de ardua discusión por la diversidad de sus variables y por la cercanía que tienen con la frontera de la manifestación expresa y con el silencio en algunos supuestos específicos. Aplicado esto al ámbito de confirmación puede afirmarse que en este caso la actitud o comportamiento tácito tiene que ver con la ejecución total o parcial del acto anulable (viciado) por parte de quien es titular de la acción de anulabilidad, en armonía con lo que indica el artículo 231° De otro lado ya habiendo optado por una primera solución, tenemos además de ello la protección al cónyuge afectado a través de una tutela jurídica compensatoria por la pérdida del bien del patrimonio social contra el cónyuge culpable, teniendo derecho a una indemnización de perjuicios que se denomina compensatoria porque remplaza o equivale, en primer término, a la prestación que el deudor ha dejado de satisfacer en todo o en parte, o que ha ejecutado defectuosamente. Decimos que esto es así, en principio, porque el acreedor tiene derecho, además, a ser indemnizado de todos los daños que indebidamente se le hayan irrogado, aunque el valor de estos sobrepase al de la prestación debida. Finalmente, al tercero se le protegerá por actuar de buena fe buscando que el adquirente de un Derecho Registrado, no sea afectado por vicios existentes en actos registrados anteriores o por actos no inscritos, orientándose a lograr la Seguridad del Tráfico, permitiendo que la única información que se requiere conocer sea la que aparece en el Registro. No es igual en los distintos Sistemas Registrales. En el Perú, se encuentra, fundamentalmente, en el Principio de Fe Pública Registral (Art. 2014 del C.C.) y en la oponibilidad de lo inscrito (Art. 2022 del C.C.) |
| publishDate |
2018 |
| dc.date.accessioned.none.fl_str_mv |
2019-02-13T16:53:33Z |
| dc.date.available.none.fl_str_mv |
2019-02-13T16:53:33Z |
| dc.date.issued.fl_str_mv |
2018 |
| dc.type.es_PE.fl_str_mv |
info:eu-repo/semantics/bachelorThesis |
| format |
bachelorThesis |
| dc.identifier.uri.none.fl_str_mv |
https://hdl.handle.net/20.500.12692/27127 |
| url |
https://hdl.handle.net/20.500.12692/27127 |
| dc.language.iso.es_PE.fl_str_mv |
spa |
| language |
spa |
| dc.relation.ispartof.fl_str_mv |
SUNEDU |
| dc.rights.es_PE.fl_str_mv |
info:eu-repo/semantics/openAccess |
| dc.rights.uri.es_PE.fl_str_mv |
https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/ |
| eu_rights_str_mv |
openAccess |
| rights_invalid_str_mv |
https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/ |
| dc.format.es_PE.fl_str_mv |
application/pdf |
| dc.publisher.es_PE.fl_str_mv |
Universidad César Vallejo |
| dc.publisher.country.es_PE.fl_str_mv |
PE |
| dc.source.es_PE.fl_str_mv |
Universidad César Vallejo Repositorio Institucional - UCV |
| dc.source.none.fl_str_mv |
reponame:UCV-Institucional instname:Universidad Cesar Vallejo instacron:UCV |
| instname_str |
Universidad Cesar Vallejo |
| instacron_str |
UCV |
| institution |
UCV |
| reponame_str |
UCV-Institucional |
| collection |
UCV-Institucional |
| bitstream.url.fl_str_mv |
https://repositorio.ucv.edu.pe/bitstream/20.500.12692/27127/3/license.txt https://repositorio.ucv.edu.pe/bitstream/20.500.12692/27127/2/license_rdf https://repositorio.ucv.edu.pe/bitstream/20.500.12692/27127/1/Ortiz_AJ.pdf https://repositorio.ucv.edu.pe/bitstream/20.500.12692/27127/4/Ortiz_AJ.pdf.txt https://repositorio.ucv.edu.pe/bitstream/20.500.12692/27127/5/Ortiz_AJ.pdf.jpg |
| bitstream.checksum.fl_str_mv |
8a4605be74aa9ea9d79846c1fba20a33 5a4ffbc01f1b5eb70a835dac0d501661 b6f2ab4e9a4c4c8218fa652060170bb5 9a644ed1fa4e35aafd7cddef3298a4c4 1497e2dc5bfbac30d043894535a1aca0 |
| bitstream.checksumAlgorithm.fl_str_mv |
MD5 MD5 MD5 MD5 MD5 |
| repository.name.fl_str_mv |
Repositorio de la Universidad César Vallejo |
| repository.mail.fl_str_mv |
repositorio@ucv.edu.pe |
| _version_ |
1807921483930927104 |
| spelling |
Velasco Palacios, Omar GabrielOrtiz Alburqueque, Jose2019-02-13T16:53:33Z2019-02-13T16:53:33Z2018https://hdl.handle.net/20.500.12692/27127La presente tesis en realidad está destinado a sugerir un cambio en su normativa en relación a lo establecido a la letra en el artículo 315° del Código Civil Peruano, y que el negocio jurídico celebrado finalmente llegue a cumplir sus efectos para los cuales estaba destinado. Si tenemos entonces que el cónyuge inocente con el acto jurídico desarrollado por su esposo(a) se vea beneficiado y resulte ser económicamente muy bueno para el intereses de ambos, y habiendo presentándose esta situación, la primera solución sería que el acto jurídico quede confirmado sea expresa o tácita, siendo que con la Confirmación explícita el acto anulable puede ser confirmado por la parte a quien corresponda la acción de anulación mediante instrumento que contenga la mención del acto que se quiere confirmar, la causal de anulabilidad y la manifestación expresa de confirmar. Es expresar la confirmación cuando en forma directa se manifiesta la voluntad de dar validez al acto jurídico. En la confirmación expresa, el vicio y el derecho a la anulación aparece de la manifestación de voluntad de confirmar, puesto que el agente debe hacer referencia a la causal de anulabilidad y su deseo de confirmarlo. La confirmación expresa es el acto jurídico unilateral (porque es realizado por aquel a quien corresponde el derecho de instar la anulación, sin que sea necesario el concurso de la otra parte cuando el acto anulable no es unilateral) y accesorio por el cual la parte a quien corresponde la acción de anulación declara querer la validez definitiva del acto anulable, con conocimiento de la causal de anulación y habiendo esta cesado. De otro lado con la confirmación tacita la voluntad en el acto confirmatorio, supone aplicar que sobre el particular establece el artículo 141° del Código Civil, según el cual la manifestación es tacita cuando la voluntad se infiere indubitablemente de una actitud o de circunstancias de comportamiento que revelan su existencia. Si bien la manifestación de voluntad es un tema de ardua discusión por la diversidad de sus variables y por la cercanía que tienen con la frontera de la manifestación expresa y con el silencio en algunos supuestos específicos. Aplicado esto al ámbito de confirmación puede afirmarse que en este caso la actitud o comportamiento tácito tiene que ver con la ejecución total o parcial del acto anulable (viciado) por parte de quien es titular de la acción de anulabilidad, en armonía con lo que indica el artículo 231° De otro lado ya habiendo optado por una primera solución, tenemos además de ello la protección al cónyuge afectado a través de una tutela jurídica compensatoria por la pérdida del bien del patrimonio social contra el cónyuge culpable, teniendo derecho a una indemnización de perjuicios que se denomina compensatoria porque remplaza o equivale, en primer término, a la prestación que el deudor ha dejado de satisfacer en todo o en parte, o que ha ejecutado defectuosamente. Decimos que esto es así, en principio, porque el acreedor tiene derecho, además, a ser indemnizado de todos los daños que indebidamente se le hayan irrogado, aunque el valor de estos sobrepase al de la prestación debida. Finalmente, al tercero se le protegerá por actuar de buena fe buscando que el adquirente de un Derecho Registrado, no sea afectado por vicios existentes en actos registrados anteriores o por actos no inscritos, orientándose a lograr la Seguridad del Tráfico, permitiendo que la única información que se requiere conocer sea la que aparece en el Registro. No es igual en los distintos Sistemas Registrales. En el Perú, se encuentra, fundamentalmente, en el Principio de Fe Pública Registral (Art. 2014 del C.C.) y en la oponibilidad de lo inscrito (Art. 2022 del C.C.)TesisPiuraEscuela de DerechoDerecho Civilapplication/pdfspaUniversidad César VallejoPEinfo:eu-repo/semantics/openAccesshttps://creativecommons.org/licenses/by/4.0/Universidad César VallejoRepositorio Institucional - UCVreponame:UCV-Institucionalinstname:Universidad Cesar Vallejoinstacron:UCVNulidadAnulabilidadActos de Disposición PatrimonialSociedad de Ganancialeshttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00“Nulidad o anulabilidad de los actos de disposición patrimonial de uno de los cónyuges en la denominada sociedad de gananciales”info:eu-repo/semantics/bachelorThesisSUNEDUDerechoUniversidad César Vallejo. Facultad de Derecho y HumanidadesAbogado421016https://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesionalhttps://purl.org/pe-repo/renati/type#tesisLICENSElicense.txtlicense.txttext/plain; charset=utf-81748https://repositorio.ucv.edu.pe/bitstream/20.500.12692/27127/3/license.txt8a4605be74aa9ea9d79846c1fba20a33MD53CC-LICENSElicense_rdflicense_rdfapplication/rdf+xml; charset=utf-8914https://repositorio.ucv.edu.pe/bitstream/20.500.12692/27127/2/license_rdf5a4ffbc01f1b5eb70a835dac0d501661MD52ORIGINALOrtiz_AJ.pdfOrtiz_AJ.pdfapplication/pdf1990517https://repositorio.ucv.edu.pe/bitstream/20.500.12692/27127/1/Ortiz_AJ.pdfb6f2ab4e9a4c4c8218fa652060170bb5MD51TEXTOrtiz_AJ.pdf.txtOrtiz_AJ.pdf.txtExtracted texttext/plain204186https://repositorio.ucv.edu.pe/bitstream/20.500.12692/27127/4/Ortiz_AJ.pdf.txt9a644ed1fa4e35aafd7cddef3298a4c4MD54THUMBNAILOrtiz_AJ.pdf.jpgOrtiz_AJ.pdf.jpgGenerated Thumbnailimage/jpeg4381https://repositorio.ucv.edu.pe/bitstream/20.500.12692/27127/5/Ortiz_AJ.pdf.jpg1497e2dc5bfbac30d043894535a1aca0MD5520.500.12692/27127oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/271272023-05-25 09:08:29.968Repositorio de la Universidad César Vallejorepositorio@ucv.edu.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 |
| score |
13.936249 |
Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).