Incorporación del tercero responsable del delito de difusión de material íntimo con contenido sexual: trascendencia lesiva a la intimidad personal
Descripción del Articulo
El presente trabajo de investigación tiene por finalidad analizar porque se debe incorporar al tercero responsable del delito de difusión de material íntimo con contenido sexual, para ello en la investigación se demostrará un desarrollo detallado del tema. El trabajo es de diseño cuantitativo, permi...
Autores: | , |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2021 |
Institución: | Universidad Cesar Vallejo |
Repositorio: | UCV-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/84226 |
Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12692/84226 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Delitos (derecho penal) - Perú Acoso sexual Derecho a la intimidad - Perú https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
Sumario: | El presente trabajo de investigación tiene por finalidad analizar porque se debe incorporar al tercero responsable del delito de difusión de material íntimo con contenido sexual, para ello en la investigación se demostrará un desarrollo detallado del tema. El trabajo es de diseño cuantitativo, permite estudiar los objetivos organizados, para ello fue necesario entrevistar a algunos profesionales del derecho en el que se aplicó un cuestionario a 8 Jueces Penales, 8 Fiscales Provinciales y Adjuntos y 50 Abogados Penales. De los profesionales encuestados se obtuvo que se debe sancionar no solo la primera persona que difunde el material sino también los terceros. Concluyendo que, en la difusión de material íntimo con contenido sexual, el tercero responsable también debe ser sancionado del mismo modo como se sanciona a la primera persona, ya que es el tercero quien causa un daño mayor, debido a que al difundir el video son más las personas que van a ver ese material intimo sexual, por lo tanto, la víctima estaría más expuesta. Es por ello que, se propone la Incorporación de un inciso en el Artículo 154 “b” del Código Penal Peruano, que tipifique la pena a terceros que difundan material íntimo con contenidos sexual. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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