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La despenalización del aborto sentimental y eugenésico del código penal peruano de 1991 en el distrito de La Perla - Región Callao. Año 2015

Descripción del Articulo

La presente tesis titulada: La despenalización del aborto sentimental y eugenésico del Código Penal de 1991, busca destipificar los delitos de aborto sentimental y eugenésico, que es un problema actual en nuestra legislación, atendiendo que existen posiciones que se encuentran a favor y en contra de...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Carizales Mamani, Sonia Flor
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2016
Institución:Universidad Alas Peruanas
Repositorio:UAP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uap.edu.pe:20.500.12990/9741
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12990/9741
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Despenalización
Aborto
Aborto eugenésico
Aborto sentimental
http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La presente tesis titulada: La despenalización del aborto sentimental y eugenésico del Código Penal de 1991, busca destipificar los delitos de aborto sentimental y eugenésico, que es un problema actual en nuestra legislación, atendiendo que existen posiciones que se encuentran a favor y en contra de su despenalización, frene a la existencia de un alto índice de abortos en el Perú, que se practican clandestinamente. En tal sentido, se ha realizado un análisis socio-jurídico respecto a este problema, de sí o no de despenalizar tal delito, puesto que existen derechos fundamentales en conflictos, tanto del concebido (derecho a la vida) como de la mujer (derecho a la libertad, dignidad), amparando nuestra tesis, en el criterio logrado por el Tribunal Constitucional, que ha realizado una ponderación entre el derecho a la vida del concebido y los derechos de la mujer, donde éstos últimos prevalecen frente a los primeros, fortaleciendo la tesis de despenalizar el aborto sentimental y eugenésico, sacrificando el derecho a la vida del concebido por el de la mujer, dentro de los criterios de razonabilidad y proporcionalidad, autorizando, por medio de la despenalización, a la mujer a practicarse el aborto. Por tal motivo, como resultado se propone despenalizar el aborto sentimental y eugenésico del Código Penal de 1991, como infracción punible, debiendo el legislador derogar tales delitos con el fin de tutelar los derechos de la mujer frente al derecho a la vida del concebido.
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