La propiedad adquirida por prescripción adquisitiva y su defensa a través de la reconvención en un proceso de reivindicación

Descripción del Articulo

La presente investigación busca explicar que existen fundamentos jurídicos que justifican y permiten al Juzgador en resolución motivada admitir a trámite la reconvención interpuesta por el usucapiente y no generar una vulneración al debido proceso y, principalmente dichos fundamentos servirán al usu...

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Detalles Bibliográficos
Autor: De la Cruz Cusquisibán, Víctor Hugo
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2014
Institución:Universidad Nacional de Cajamarca
Repositorio:UNC-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unc.edu.pe:20.500.14074/325
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.14074/325
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Propiedad Adquirida por Prescripción Adquisitiva
Reconvención en un Proceso Reivindicación
Descripción
Sumario:La presente investigación busca explicar que existen fundamentos jurídicos que justifican y permiten al Juzgador en resolución motivada admitir a trámite la reconvención interpuesta por el usucapiente y no generar una vulneración al debido proceso y, principalmente dichos fundamentos servirán al usucapiente a efecto de que en el proceso judicial de reivindicación oponga su derecho mediante la reconvención de su propia pretensión sin necesidad de antes haber recurrido al proceso judicial de declaración de prescripción adquisitiva como lo vienen exigiendo en reiteradas jurisprudencias la Corte Suprema, máxime si dicha institución jurídica -la reconvención- encuentra en el principio de economía procesal su principal fundamento para ser admitido y, junto al argumento ab maioris ad minus entre otros que desarrollamos no harían otra cosa que proteger el derecho al debido proceso, contrario sensu, la no admisión de la reconvención restringiría el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva, en estricto el acceso a la justicia que tiene todo justiciable. Entonces, nuestra investigación centra su estudio en fortalecer la reconvención y dejar de lado formalismos no esenciales en su admisión, para así servir como una forma de defensa procesal a ser usado por el poseedor usucapiente cuando su derecho a la propiedad se halle perturbado por la interposición del proceso judicial de reivindicación, y que si bien es cierto la pretensión reconvenida encuentra su debilidad en la unidad de vía procedimental, esta queda como mero formalismo cuando se tiene al principio de economía procesal como fundamento de la reconvención, resaltando por ende que su admisión en nada limita ni restringe las garantías procesales de las partes en el proceso.
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