Propuesta interpretativa del supuesto de imprudencia de la propia víctima en los casos de responsabilidad civil extracontractual en el Perú
Descripción del Articulo
La presente investigación se centró en analizar el supuesto de imprudencia de la propia víctima en los casos de responsabilidad civil extracontractual contenido en los artículos 1972 y 1973 del Código Civil, debido a que dicho supuesto ha dado lugar, dentro de la jurisprudencia peruana, a dos criter...
Autor: | |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2025 |
Institución: | Universidad Nacional de Cajamarca |
Repositorio: | UNC-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.unc.edu.pe:20.500.14074/7836 |
Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/20.500.14074/7836 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Imprudencia de la víctima interpretación jurídica argumentación jurídica http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
Sumario: | La presente investigación se centró en analizar el supuesto de imprudencia de la propia víctima en los casos de responsabilidad civil extracontractual contenido en los artículos 1972 y 1973 del Código Civil, debido a que dicho supuesto ha dado lugar, dentro de la jurisprudencia peruana, a dos criterios interpretativos dispares; el primero, que considera que la imprudencia de la víctima tiene que ser tomada literalmente analizando aspectos interno-subjetivos de la víctima, mientras que, el segundo criterio, considera solo analizar si su conducta fue determinante o contributiva para el daño, exponiendo, así, un importante problema de interpretación presentado por los límites del lenguaje incorporado en las disposiciones normativas. Por ello, el objetivo de la investigación fue elaborar una propuesta interpretativa acorde a la seguridad jurídica dentro del ordenamiento jurídico peruano, teniendo como hipótesis que la imprudencia de la víctima en los casos de responsabilidad civil extracontractual, puntualizado en los artículos 1972 y 1973 del Código Civil, se interpreta como aquella situación en donde la propia víctima aporta la causa generadora o contributiva del daño, asumida como acción sin connotación subjetiva adicional. En este orden de ideas, se logró comprobar la hipótesis atendiendo a las consideraciones doctrinarias, el desarrollo de la función heurística y de la función justificadora de cada criterio interpretativo, logrando la validez de ambos criterios mediante el esquema de Toulmin; empero, la propuesta que se construyó pasó, como segundo criterio interpretativo, el filtro de los argumentos de segundo nivel de Neil MacCormick, logrando establecer la solidez, coherencia y racionalidad de la hipótesis planteada. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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